¡Retrocede libertad!

Muchas de las propuestas que contiene la plataforma electoral del partido de José Luis Espert son inconstitucionales y, además, en caso de implementarse violarían justamente el máximo principio que reivindican

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Carolina Píparo y José Luis
Carolina Píparo y José Luis Espert

Esta semana, el periodista Jairo Straccia hizo algo que todos decimos que hacemos pero que no hacemos: leyó una plataforma electoral, en este caso la de “Avanza Libertad”, el partido de José Luis Espert, candidato a Diputado Nacional por la provincia de Buenos Aires. Jairo descubrió una serie de propuestas que fueron rápidamente tildadas de “polémicas” y que quiero desgranar aquí, pues polémicas son las empanadas con pasas de uva.

El primer punto es limitar casi hasta su desaparición el derecho de huelga: multar e inhabilitar a dirigentes sindicales que no respeten las instancias de conciliación y que hagan huelgas “salvajes” (un novedoso concepto jurídico); no pagar los días de paro en ningún caso; transformar en ilegales las huelgas generales salvo en mínimos excepcionales establecidos en forma taxativa; multar, inhabilitar e incluso sancionar con pena de prisión a los sindicalistas que “convoquen al desacato impulsando movimientos de fuerza fuera de la ley”; y prohibir la huelga de empleados estatales y de servicios públicos privatizados.

La huelga no nació como derecho, sino como delito. Fue gracias al avance de la libertad que la presión de los trabajadores por mejores condiciones comenzó a ser primero tolerada en lugar de prohibida, y luego reconocida como uno de los principales derechos laborales y esencia de la libertad sindical.

En la Argentina, se trata de un derecho establecido directamente en la Constitución Nacional (artículo 14 bis) y en tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (artículo 75, inciso 22), por la interpretación que hace la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del artículo 3 del Convenio N° 87, incorporado al artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y al artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Este ingreso de la huelga al mundo de lo permitido implica, por supuesto, límites: preaviso, conciliación obligatoria, servicios mínimos para actividades esenciales, descuento de los días salvo que sea por causas imputables al empleador, exclusión para funcionarios públicos que ejercen autoridad en nombre del Estado, entre otros. La comisión de delitos en el marco de una protesta gremial (por ejemplo, daños a la propiedad) tampoco, por cierto, forma parte del derecho de huelga. Pero que ello pueda ocurrir no es razón suficiente para prohibirla, del mismo modo que no limitamos ex ante el derecho a la libertad de expresión porque en algunos casos puedan producirse expresiones injuriosas. Lo que hacemos es castigar esas conductas una vez que ocurren.

Otra de las propuestas se vincula con el problema de la inseguridad. Allí, la página web del partido de Espert dice que “es prioritario reformar los Códigos Penal y Procesal imponiendo sentencias de cumplimiento efectivo y eliminar garantías constitucionales que favorezcan a delincuentes”. Al respecto, Jairo Straccia encontró, entre otras cosas, referencias a la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años y a la suspensión del derecho al voto y de beneficios sociales del Estado.

Ante los niveles escandalosos de inseguridad con los que vivimos y la incapacidad que ha exhibido en general la política para disminuirlos, siempre es atractivo venderle a la sociedad que el problema son “las garantías de los delincuentes”. Apuntar a los niños en conflicto con la ley penal o castigar a los detenidos con restricciones adicionales a la pérdida de la libertad ambulatoria, como en los tiempos de la muerte civil, son otros latiguillos habituales. Poco importa si esto implica llevarse puestos derechos y garantías que son por definición universales, o sea, de todos, y ni siquiera interesa qué políticas de prevención y represión del delito son más eficientes. Lo mismo pasa con la glorificación de la DEA (la agencia estadounidense de lucha contra el narcotráfico), que también forma parte de la plataforma de Espert: es como si el fracaso del Plan Colombia nunca hubiera ocurrido o como si Estados Unidos no fuera el principal mercado de cocaína del mundo.

Un último ejemplo es la propuesta de “Avanza Libertad” para restringir la Asignación Universal por Hijo (AUH) -que describe como “subsidio a la maternidad irresponsable”- a un máximo de dos hijos, aumentando el importe para las personas gestantes que posterguen la maternidad (que sean de mayor edad) y que la limiten (que tengan menos hijos). Se podría decir mucho sobre esto desde una mirada preocupada por la igualdad o por los derechos de las mujeres. Pero incluso desde la óptica reducida de quienes dicen defender únicamente la libertad, esta propuesta choca de frente con el principio de autonomía personal. Habría que recordar qué tipo de países hacen control de natalidad.

Muchas de las leyes que quiere sancionar Espert serían inconstitucionales y, además, violarían justamente el principio que reivindican estos nuevos espacios nacidos a la sombra de Donald Trump y Jair Bolsonaro. Por supuesto, los candidatos pueden proponerle a la sociedad reformar la Constitución Nacional para restringir libertades en forma extraordinaria. Ello encontrará, en todo caso, escollos que la humanidad viene poniéndole al autoritarismo al menos desde la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) y que hizo cada vez más sofisticados a partir de 1945 con los Juicios de Nüremberg y la creación del sistema universal de protección de los derechos humanos. Lo insólito es que esas propuestas se hagan en nombre de la libertad.

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