México se blinda ante designación de cárteles como terroristas: Sheinbaum recuerda artículo para evitar injerencia extranjera

Sheinbaum responde a Argentina: en México es delincuencia organizada, no terrorismo, y advierte que el término no debe justificar injerencia extranjera

La mandataria sostuvo que el país combate diariamente a esos grupos como delincuencia organizada y recordó que la reforma al artículo 40 busca impedir intervenciones desde el extranjero en territorio nacional
La mandataria sostuvo que el país combate diariamente a esos grupos como delincuencia organizada y recordó que la reforma al artículo 40 busca impedir intervenciones desde el extranjero en territorio nacional
Guardar

La presidenta Claudia Sheinbaum marcó este martes su postura frente a la decisión de Argentina de declarar organizaciones terroristas a cárteles mexicanos. Sostuvo que en México el fenómeno se denomina delincuencia organizada y que terrorismo “es otra cosa”. Advirtió además que esa etiqueta no puede convertirse en un pretexto de “invasión” o “injerencia” de ningún país.

¿Qué respondió la presidenta?

Al ser cuestionada en conferencia sobre si la medida argentina va en línea con la política de Estados Unidos, la mandataria evitó calificar a otros gobiernos. Aclaró que su administración combate a estos grupos “todos los días” y trabaja por la seguridad y la paz del país.

PUBLICIDAD

Su principal preocupación fue el posible uso de la categoría de terrorismo como justificación externa. Por eso recordó la modificación al artículo 40 de la Constitución, que según dijo busca impedir que esa clasificación derive en intervención extranjera.

La decisión de Argentina

La decisión del Ejecutivo de Javier Milei añadió a ambas agrupaciones mexicanas al RePET, junto con las FARC-EP, el ELN y Los Tiguerones de Ecuador en la lista pública sobre financiamiento de esos actos.
La decisión del Ejecutivo de Javier Milei añadió a ambas agrupaciones mexicanas al RePET, junto con las FARC-EP, el ELN y Los Tiguerones de Ecuador en la lista pública sobre financiamiento de esos actos.

Según medios mexicanos, el gobierno de Javier Milei declaró el 22 de octubre de 2026 como organizaciones terroristas al Cártel de Sinaloa y a La Nueva Familia Michoacana. La medida también incluyó a las guerrillas colombianas FARC-EP y ELN, y a la organización ecuatoriana Los Tiguerones.

Argentina ya había dado un paso similar meses atrás. El 26 de marzo de 2026 declaró al Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) como organización terrorista. Con estas designaciones, los grupos se incorporan al Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).

PUBLICIDAD

El antecedente: la designación de Estados Unidos

El presidente de EE.UU., Donald Trump. EFE/EPA/TOM BRENNER / POOL
El presidente de EE.UU., Donald Trump. EFE/EPA/TOM BRENNER / POOL

Varios medios ubican la decisión argentina en la estrategia iniciada por Washington. En febrero de 2025, Estados Unidos designó como terroristas al Cártel de Sinaloa, al CJNG, al Cártel del Golfo, al Cártel del Noroeste, a La Nueva Familia Michoacana y a Cárteles Unidos. La lista incluyó también al Tren de Aragua y a la MS-13.

Otros países se han sumado:

  • Canadá incorporó a los mismos grupos en su listado oficial.
  • Costa Rica, bajo el gobierno de Laura Fernández, anunció en octubre de 2026 la clasificación de seis cárteles mexicanos como organizaciones narcoterroristas.
  • Argentina amplió su registro con los casos del CJNG, el Cártel de Sinaloa y La Nueva Familia Michoacana.

Algunos medios describen estos pasos como una “alineación” con Washington. Señalan que el gobierno mexicano ha mantenido una postura distinta y ha evitado clasificar a los cárteles como terroristas. Por su parte, Estados Unidos justificó su designación en que estos grupos representan un riesgo para su seguridad nacional, su política exterior y sus intereses económicos.

¿Qué establece la reforma al artículo 40?

El pleno legislativo avaló modificaciones que permitirán invalidar procesos electorales si se comprueba intervención de actores externos, en medio de cuestionamientos sobre la claridad del texto y las posibles consecuencias para futuras votaciones. (Infobae-Itzallana)
El pleno legislativo avaló modificaciones que permitirán invalidar procesos electorales si se comprueba intervención de actores externos, en medio de cuestionamientos sobre la claridad del texto y las posibles consecuencias para futuras votaciones. (Infobae-Itzallana)

La reforma constitucional en materia de soberanía fue impulsada por Sheinbaum tras la designación estadounidense. La Cámara de Diputados la aprobó con 417 votos a favor y 36 en contra. El Senado la había avalado antes con 107 votos a favor y 14 en contra.

El texto añadido al artículo 40 establece que el pueblo de México no aceptará, bajo ninguna circunstancia, intervenciones, intromisiones o actos desde el extranjero que lesionen la integridad, la independencia y la soberanía de la nación.

La reforma modificó además el artículo 19. Se incorporó el delito de terrorismo al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. También se prevé la pena más severa posible para quien participe en el tráfico ilícito de armas y para extranjeros que realicen actividades ilegales vinculadas con la injerencia.

Un debate que sigue abierto

 (EFE/Lenin Nolly)
(EFE/Lenin Nolly)

En mayo de 2026, el Congreso dio otro paso en esta línea. La Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 41 para que las elecciones puedan anularse cuando se acrediten actos de injerencia extranjera que influyan en los resultados. La oposición cuestionó su redacción, mientras que Morena rechazó que pueda usarse para censurar medios o publicaciones.

Claves para entender el tema

  • Postura oficial: México usa el término “delincuencia organizada” y rechaza el de “terrorismo”.
  • Argumento central: la etiqueta no debe abrir la puerta a intervenciones externas.
  • Contexto internacional: Estados Unidos, Canadá, Costa Rica y Argentina han emitido designaciones sobre cárteles mexicanos.
  • Marco legal: el artículo 40 constitucional prohíbe la injerencia extranjera desde 2025.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD