Niegan amparo a sujeto acusado de terrorismo por narcobloqueos tras abatimiento de “El Mencho”

César Ramírez Esquivel fue detenido el 22 de febrero de 2026, cuando presuntamente lanzó un artefacto incendiario contra un autobús durante la jornada de violencia registrada tras el abatimiento de “El Mencho”

César Ramírez Esquivel fue detenido durante la jornada de violencia registrada en Guanajuato tras el abatimiento de “El Mencho”. (AP/Armando Solís/Archivo)
César Ramírez Esquivel fue detenido durante la jornada de violencia registrada en Guanajuato tras el abatimiento de “El Mencho”. (AP/Armando Solís/Archivo)
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El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato negó la protección de la justicia federal a César Ramírez Esquivel, uno de los 11 detenidos en la entidad durante la jornada de violencia registrada el 22 de febrero de 2026, tras el abatimiento de Nemesio Oseguera Cervantes, “El Mencho”, señalado como líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).

La resolución fue emitida dentro del juicio de amparo indirecto 945/2026 y dejó firme el auto de vinculación a proceso contra Ramírez Esquivel por el delito de terrorismo.

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El fallo también ratificó la determinación emitida en segunda instancia por la Tercera Sala Unitaria en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato, que había revocado previamente la decisión de una jueza de control que determinó no vincularlo a proceso.

Lo acusan de lanzar un artefacto incendiario contra un autobús

Los hechos por los que César Ramírez enfrenta el proceso ocurrieron sobre la carretera federal 45 Irapuato-Silao, a la altura de la comunidad de Los Nicolases.

De acuerdo con los datos integrados en el expediente, elementos de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado detectaron al entonces sospechoso, de 26 años, en posesión de dos botellas de vidrio con preparados de hidrocarburos.

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El acusado enfrenta un proceso por terrorismo luego de que presuntamente lanzara un artefacto incendiario contra un autobús en la carretera Irapuato-Silao. EFE/ Francisco Guasco
El acusado enfrenta un proceso por terrorismo luego de que presuntamente lanzara un artefacto incendiario contra un autobús en la carretera Irapuato-Silao. EFE/ Francisco Guasco

La acusación establece que Ramírez Esquivel arrojó una de las botellas contra un autobús de transporte público que se encontraba en circulación, mientras presuntamente pronunciaba consignas a favor del grupo criminal.

El artefacto no habría impactado directamente contra la unidad, pues cayó sobre el asfalto y provocó un incendio en la vía de comunicación.

Durante su detención también le fue asegurada una segunda botella con hidrocarburos y un encendedor que, según la investigación, tenía las siglas de la organización delictiva.

En la audiencia inicial, celebrada el 1 de marzo de 2026, una jueza de control determinó no vincularlo a proceso. Entre sus argumentos señaló que el Ministerio Público no había precisado la empresa a la que pertenecía el autobús, si llevaba pasajeros, ni presentado fragmentos de vidrio o daños en la cinta asfáltica.

Tribunal revocó la no vinculación

La decisión fue impugnada por la representación social. El 29 de mayo de 2026, una magistrada de la Tercera Sala Unitaria revocó la determinación de la jueza de control y estableció que durante la etapa inicial del proceso se había aplicado un estándar probatorio mayor al requerido.

Un autobús público de color verde y negro completamente calcinado y destruido por el fuego está estacionado en el arcén de una carretera urbana
El Juzgado Segundo de Distrito en Guanajuato negó el amparo promovido por César Ramírez y dejó firme su vinculación a proceso. (Univisión Chicago)

La magistrada consideró que la juzgadora de origen había introducido elementos relacionados con aspectos cautelares que no correspondían a los requisitos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales para determinar la vinculación a proceso.

Con esa resolución se ordenó la vinculación de César Ramírez por el delito previsto en el artículo 245 del Código Penal del Estado de Guanajuato, además de que se tuvo que emitir una orden de reaprehensión en su contra.

Posteriormente, el acusado recurrió a la vía federal mediante un juicio de amparo para impugnar dicha determinación.

Al resolver el recurso, el Juzgado Segundo de Distrito concluyó que los datos de prueba presentados por la autoridad eran idóneos y suficientes para establecer, en grado de probabilidad, tanto la existencia del hecho como la posible intervención del imputado.

La resolución precisó que en esta etapa procesal no se requiere demostrar plenamente el elemento subjetivo del delito. El lanzamiento de un artefacto inflamable contra un vehículo en movimiento, dentro del contexto de violencia colectiva registrado en aquella jornada, fue considerado suficiente para respaldar la inferencia de una posible intención de perturbar la paz pública.

La jornada de violencia de febrero dejó 74 incendios y bloqueos en 23 municipios de Guanajuato, según los datos incorporados al expediente.REUTERS/Stringer/File Photo
La jornada de violencia de febrero dejó 74 incendios y bloqueos en 23 municipios de Guanajuato, según los datos incorporados al expediente.REUTERS/Stringer/File Photo

Expediente documenta violencia en varios municipios

Como parte de los elementos incorporados al expediente judicial se encuentra la numeralia elaborada por analistas de información oficiales sobre la jornada de violencia registrada en Guanajuato y otras entidades.

Según esos datos, en Guanajuato fueron detenidas 48 personas, mientras que se contabilizaron 74 incendios en establecimientos comerciales y unidades de autotransporte.

Además, se registraron bloqueos en 23 municipios de Guanajuato y atentados en 12 estados del país.

Estos hechos ocurrieron después del abatimiento de “El Mencho” en Tapalpa, Jalisco, y fueron atribuidos por las autoridades a reacciones vinculadas con el grupo criminal.

La resolución del juzgado federal mantiene vigente el proceso penal contra César Ramírez Esquivel por el delito de terrorismo, aunque será durante las siguientes etapas del procedimiento cuando deberán desahogarse las pruebas y determinarse su responsabilidad penal.

En el encabezado de la sentencia de amparo aparece además la leyenda “TRABAJANDO BAJO PROTESTA EN DEFENSA DE LOS PILARES DEL SISTEMA CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO”, colocada por personal del juzgado como manifestación de inconformidad respecto de la reforma al Poder Judicial de la Federación publicada el 15 de septiembre de 2024.

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