Artículo 19 pide derogar delito de calumnia en México tras reforma en Zacatecas: “Se ha usado para criminalizar”

La organización afirmó que el derecho penal debe aplicarse sólo como última opción de protección ante situaciones graves

Acuarela del perfil de un rostro humano con la boca cubierta por una franja negra ante un muro gris agrietado con luz amarilla.
Un perfil humano con la boca tapada por un trazo negro representa la censura y las restricciones a la libertad de expresión. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La organización ARTICLE 19 pidió derogar los llamados delitos contra el honor, que consisten en señalamientos de calumnia, difamación e injurias, en todo México, luego de que el Congreso de Zacatecas eliminó la calumnia de su Código Penal.

En una publicación en su cuenta de X, la organización sostuvo que esas figuras han sido usadas para criminalizar, sobre todo, el trabajo periodístico en el país.

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De igual forma, reconoció la decisión del Congreso del Estado de Zacatecas y señaló que la derogación representaba una medida acorde con los estándares internacionales sobre derechos humanos.

“Desde ARTICLE 19 reconocemos la decisión acertada del Congreso del Estado de #Zacatecas de derogar el delito de calumnia en el Código Penal de la entidad.

“Los estándares internacionales sobre derechos humanos claramente señalan cómo el derecho penal es la herramienta más intrusiva del Estado”, expuso la organización.

ARTICLE 19 afirmó que bajo ese criterio, planteó que debe ser el último recurso para cumplir objetivos de protección y que sólo debe utilizarse en hechos realmente graves.

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La organización acusó que los delitos contra el honor representan una restricción y sanción desproporcionada para la libertad de expresión.

“Se han abusado para criminalizar, sobre todo, la labor periodística en el país”, indicó ARTICLE 19 al referirse al uso de estas figuras penales.

Congreso de Zacatecas deroga delito

El Congreso de Zacatecas derogó el delito de calumnia de su Código Penal mediante el Decreto 368, publicado este 16 de septiembre en el Periódico Oficial.

La decisión fue reconocida por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ONU-DH, que la consideró un avance para proteger la libertad de expresión y mejorar las condiciones para el trabajo periodístico.

La ONU-DH sostuvo que las normas penales sobre calumnia pueden limitar de forma indebida la difusión de información y opiniones sobre asuntos de interés público.

El organismo planteó que la defensa del honor y la reputación debe atenderse por la vía civil. Su postura fue que no deben imponerse sanciones penales que contemplen prisión para atender ese tipo de controversias.

Con la reforma fueron eliminados los artículos 274, 275, 276, 277, 278, 279, 281, 283 y 284 del Código Penal de Zacatecas.

Antes de la derogación, el artículo 274 establecía penas de tres meses a cinco años de cárcel. También contemplaba multas de cinco a 15 cuotas para quien atribuyera falsamente a otra persona la comisión de un delito.

La iniciativa fue presentada el 13 de mayo de 2025 por el diputado de Movimiento Ciudadano Marco Vinicio Flores Guerrero.

La Comisión de Justicia del Congreso local analizó el planteamiento y retomó criterios de la SCJN sobre una norma similar que fue invalidada en Nayarit.

En las acciones de inconstitucionalidad 113/2015 y 116/2015, la Corte resolvió que el delito de calumnia incumple con el principio de taxatividad.

El criterio se refiere a que la redacción de esa figura no delimitaba con precisión en qué circunstancias una imputación falsa podía considerarse delito, ya fuera ante una autoridad o ante cualquier persona.

Esa falta de claridad podía generar incertidumbre jurídica. El dictamen aprobado en Zacatecas señaló que este tipo penal afectaba y desincentivaba el ejercicio del periodismo, al imponer una posible consecuencia penal a quienes informan u opinan sobre asuntos de relevancia social.

El documento también reconoció que las figuras penales contra el honor fueron eliminadas del ámbito federal desde 2007. Por esa razón, la entidad mantenía un rezago de casi dos décadas.

El dictamen citó criterios de la Comisión Interamericana

El documento citó estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

De acuerdo con esos criterios, la reputación debe protegerse mediante mecanismos civiles cuando se trate de funcionarios públicos o personas que participan voluntariamente en asuntos de interés público.

La ONU-DH indicó que colaboró con autoridades, periodistas y personas defensoras de derechos humanos en Zacatecas para revisar normas que podrían afectar libertades fundamentales.

Durante ese proceso fueron identificados tres delitos: calumnia, halconeo y ultrajes a insignias públicas.

El Congreso decidió avanzar sólo con la derogación de la calumnia. Los otros dos temas quedaron para una discusión posterior.

La ONU-DH llamó a las demás entidades del país a revisar sus leyes y eliminar disposiciones que restrinjan de manera injustificada la libertad de expresión.

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