
Las comunidades mayas de Hopelchén, en Campeche, exigieron que las autoridades federales cumplieran en un plazo razonable la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que el pasado 26 de agosto ordenó proteger a las comunidades indígenas y al agua contaminada por plaguicidas y establecer medidas permanentes para garantizar el acceso a agua limpia.
Durante una conferencia realizada en Mérida, Yucatán, integrantes del Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes pidieron que el fallo, considerado histórico, no quedara limitado al expediente judicial. Plantearon que la resolución debía traducirse en acciones coordinadas para eliminar sustancias altamente peligrosas de la región.
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La exigencia se presentó después de que el pleno de la Suprema Corte concedió por unanimidad el amparo a 17 comunidades mayas de Hopelchén. La resolución reconoció pruebas sobre la presencia de plaguicidas peligrosos en el agua que consumen las familias de esa zona del estado de Campeche.
Las comunidades sostuvieron que la sentencia abrió la posibilidad de modificar el modelo de atención ambiental y sanitaria en la Península de Yucatán. También señalaron que las instituciones debían considerar su vínculo con el territorio, sus actividades productivas y sus formas de vida.
Las comunidades pidieron vigilancia permanente sobre el agua
Uno de los reclamos centrales de las comunidades indígenas fue la creación de un monitoreo sistemático y constante de la calidad del agua. Las comunidades demandaron análisis periódicos en los pozos profundos de los que obtienen el recurso para consumo cotidiano.
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El objetivo, expusieron, fue asegurar que el agua estuviera libre de plaguicidas y otras sustancias tóxicas. También pidieron que las autoridades mantuvieran una vigilancia que permitiera detectar nuevas concentraciones de contaminantes y actuar antes de que aumentaran los riesgos para la población.

La resolución de la Corte contempló la revisión de todos los plaguicidas detectados en la región, no únicamente del glifosato. El fallo también ordenó generar un sistema de información ambiental accesible para las comunidades, con datos sobre la calidad del agua y los contaminantes identificados.
Las comunidades señalaron que el monitoreo debía contar con continuidad y no depender de acciones aisladas. Explicaron que la contaminación en el acuífero de la Península de Yucatán requiere una respuesta sostenida por parte de las autoridades ambientales, sanitarias y del agua.
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Semarnat, Conagua y Cofepris quedaron entre las autoridades señaladas
El equipo legal que acompañó a las 17 comunidades explicó que la sentencia involucró a distintas dependencias federales. Entre ellas se encuentran Semarnat, Conagua y Cofepris, además de otras autoridades con atribuciones sobre medio ambiente, agua y salud.
Las comunidades exigieron que esas instituciones atendieran de forma íntegra cada una de las obligaciones fijadas por la Corte. Su petición incluyó la coordinación entre los distintos niveles de gobierno para evitar que las medidas se fragmentaran entre dependencias.
El reclamo se centró en que las autoridades garantizaran el derecho al agua limpia, la salud y un medio ambiente sano. Las familias de Hopelchén advirtieron que el uso de agroquímicos en la agricultura industrializada había llegado a los pozos del territorio que habitan.
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De acuerdo con los argumentos expuestos durante el proceso judicial, los plaguicidas utilizados en actividades agrícolas terminaron depositados en el agua subterránea. Las comunidades consumían ese recurso de manera cotidiana y por ello solicitaron protección frente a los riesgos ambientales y sanitarios.

El proceso judicial comenzó en 2020 con 17 comunidades de Hopelchén
La demanda de amparo inició en 2020, cuando las comunidades denunciaron el aumento en el uso de sustancias peligrosas en la región. Durante el juicio presentaron estudios y peritajes sobre la presencia de contaminantes en fuentes de agua de uso comunitario.
En 2024, el Juzgado Primero de Distrito en Campeche negó el amparo. Las comunidades promovieron entonces un recurso para que el asunto llegara a la Suprema Corte, con el argumento de que se requería una protección integral sobre el agua y el territorio maya.
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La Corte atrajo el caso y lo turnó a la ministra María Estela Ríos González. El pleno resolvió conceder el amparo y reconocer que las pruebas aportadas acreditaban la existencia de plaguicidas de alta peligrosidad en el agua de la región de los Chenes.
Las comunidades afirmaron que la sentencia debía servir para construir políticas públicas que atendieran el deterioro ambiental en la zona. Insistieron en que la protección del agua requería medidas que frenaran la exposición a plaguicidas, vigilaran el acuífero y garantizaran información para la población.
El Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes pidió que el cumplimiento del fallo se realizara con la participación de las familias afectadas. La demanda incluyó que las autoridades informaran sobre las acciones adoptadas para asegurar agua limpia en las comunidades de Hopelchén.
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