
A partir de este 15 de agosto, millones de líneas móviles en México podrían quedar suspendidas de manera temporal por no haber completado el registro obligatorio de datos personales ante sus operadores.
La suspensión, que podría afectar entre 4 y 8.7 millones de líneas, forma parte de la estrategia del gobierno para combatir la extorsión y el fraude, de acuerdo con el doctor Luis Miguel Martínez Cervantes, académico de la Universidad Iberoamericana.
En una publicación de Prensa IBERO, el académico advirtió que la medida no solo implica un asunto de seguridad, sino que puede derivar en un choque con derechos humanos y constitucionales.
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Explicó que la obligación de registrar una línea y la posible suspensión del servicio alcanzan aspectos del acceso a la información, la libertad de expresión y la privacidad.
Suspensión de líneas impacta el acceso a la información
El especialista en espectro radioeléctrico señaló que la suspensión de líneas implica limitar el acceso a datos y servicios de internet, no solo a llamadas telefónicas.
Relaciona el derecho a comunicarse con el artículo 2 constitucional, el cual reconoce derechos específicos para pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en materia de comunicación.
Martínez Cervantes vincula también el caso al artículo 6 constitucional, que establece el derecho a la información, al explicar que un teléfono celular es una terminal para consultar noticias, servicios y conocimiento. Por ello, cortar una línea significa restringir el acceso a contenidos y datos.
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Añade que el artículo 7 constitucional protege la libertad de expresión por cualquier medio, incluido el teléfono celular. El académico advierte: “Cualquier restricción debe analizarse desde la perspectiva de los derechos que se ejercen a través de ese medio”.
Preocupaciones sobre los datos personales
El registro de datos personales para las líneas móviles representa otro riesgo, según Martínez Cervantes. Explica que la concentración de información en una base de datos podría permitir conocer el número telefónico, la ubicación y los patrones de comunicación de una persona. Advierte: “Si la información termina expuesta, es robada o usada indebidamente, la ciudadanía podría quedar vulnerable frente a terceros”.
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El académico de la IBERO señala que no existe garantía suficiente para que los usuarios sepan qué ocurrirá con sus datos o quién podrá acceder a ellos.
Aunque se afirma que la información permanecerá en manos de los operadores, existen disposiciones de cooperación con autoridades que permiten el acceso a ciertos datos.
El gobierno justifica la medida como parte de la lucha contra la extorsión y otros delitos.
Martínez Cervantes cuestionó la efectividad de que la medida se utilice en el combate contra la extorsión y otros delitos, como argumentó el gbierno, al señalar que también se debe garantizar la protección de datos.
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“No basta con decir que el registro protegerá a la población, también debe garantizarse que los datos estarán protegidos y que la información no será usada para vigilancia indebida”, comentó.
En opinión del especialista, el riesgo surge si una autoridad puede relacionar un número telefónico con la identidad y la ubicación de una persona.
“La frontera estaría en evitar que una medida presentada como mecanismo de seguridad termine afectando derechos fundamentales. Pueden restringir la capacidad de comunicarnos en favor de una supuesta seguridad que ni siquiera pueden garantizar”, resumió.
El debate, apunta Martínez Cervantes, no se limita a si una persona registró o no su número antes de una fecha determinada.
Lo que está en juego es cómo garantizar la seguridad sin convertir el acceso a las telecomunicaciones en un mecanismo de vigilancia, restricción o censura.
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