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Suprema Corte abre la puerta a demandar a empresas telefónicas por clonación de SIM

El criterio establece que una compañía puede responder si la reposición de un chip se autoriza sin confirmar la identidad

Tarjeta SIM - eSIM - celulares - tecnología - 23 de abril
El fraude de SIM swapping permite tomar control del número celular y con ello acceder a cuentas, contraseñas e información privada. (Imagen ilustrativa Infobae)
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las empresas telefónicas pueden ser responsables si actúan con negligencia al verificar la identidad de una persona que solicita la reposición de una tarjeta SIM y esa falla facilita un fraude de SIM swapping (o clonación de SIM), un esquema que permite tomar control del número celular y, con él, del acceso a cuentas, contraseñas e información privada.

En un video difundido este 13 de agosto, el ministro Arístides Guerrero explicó que el riesgo no se limita a perder la línea telefónica. Señaló que el número celular funciona hoy como una llave de acceso a gran parte de la vida digital y que quien controla el número puede restablecer contraseñas, entrar a cuentas y realizar operaciones no autorizadas.

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Dos días antes, en otro mensaje publicado en sus redes sociales, el ministro detalló que la SCJN resolvió los amparos directos 25/2024 y 26/2024. En ese mismo material afirmó, con base en datos de Condusef, que 13.5 millones de personas son susceptibles de ser víctimas de este tipo de fraudes.

La Corte fijó responsabilidad para las empresas que no verifican la identidad

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
El Pleno de la SCJN resaltó que los controles técnico-mecánicos periódicos son esenciales para la seguridad del usuario y evitan discriminación a concesionarios. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

De acuerdo con la explicación del propio ministro, el fraude ocurre cuando una persona suplanta a la usuaria o usuario ante una compañía telefónica y consigue que el número sea transferido a otra tarjeta SIM sin consentimiento ni autorización. La reposición puede ocurrir, por ejemplo, durante la renovación de un plan de telefonía celular.

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Guerrero sostuvo que la resolución envía “un mensaje muy claro a las compañías telefónicas: proteger la identidad digital de las personas usuarias también es su responsabilidad. El criterio de la SCJN parte de que la empresa puede responder cuando no adopta medidas suficientes para confirmar quién solicita la reposición del chip.

En un tuit publicado el 11 de agosto, el ministro resumió el alcance del fallo al señalar que las empresas de telefonía “tienen el deber de proteger los datos personales de las y los usuarios y no pueden evadir esa responsabilidad.

El caso también aborda revictimización y violencia digital

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La resolución de la SCJN se vincula con el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que obliga a entregar una carta de derechos con protección de datos personales. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

En otro de sus mensajes, Guerrero dijo (en sesión de la SCJN) que en el caso “se le quiso culpar a la usuaria al atribuirle responsabilidad por haber tomado fotografías con contenido sexual. Según su explicación, la resolución también toca el problema de la revictimización en entornos digitales.

El ministro vinculó ese punto con el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que establece la obligación de las empresas de telefonía de entregar una carta de derechos a cada persona usuaria. Indicó que en esa carta se reconoce la protección de la información y de los datos personales.

Para Guerrero, el asunto deja precedente sobre dos frentes. Uno es el uso indebido de datos personales para cometer fraudes como el SIM swapping; el otro es la violencia digital que puede derivarse de esos hechos y la forma en que una víctima puede ser nuevamente señalada en lugar de recibir protección.

La presidenta Sheinbaum descarta que el registro obligatorio de chips busque vigilar a la población

Los operadores móviles deberán resguardar la información de los usuarios conforme a la legislación de privacidad vigente
Claudia Sheinbaum sostuvo en La Mañanera del Pueblo que la medida busca frenar fraudes y extorsiones al asociar cada número con una persona. (CUartoscuro)

Claudia Sheinbaum descartó que el registro obligatorio de chips telefónicos en México busque vigilar a la población y sostuvo que la medida pretende reducir fraudes y extorsiones, mientras la posible cancelación de líneas al terminar la prórroga queda en manos de la comisión reguladora y no se ha confirmado de forma automática.

Uno de los datos que la propia mandataria puso sobre la mesa es el número de líneas que podría entrar en revisión: la comisión maneja una cifra de 8.7 billones de líneas, aunque Sheinbaum señaló que muchas podrían estar inactivas y que ni siquiera las empresas telefónicas tienen certeza sobre su estado actual.

La respuesta oficial llegó durante la conferencia La Mañanera del Pueblo de este jueves 13 de agosto de 2026. Ahí, la presidenta insistió en que el registro busca vincular cada número telefónico con una persona como parte de una estrategia nacional contra la extorsión.

Sheinbaum respondió también a la duda central sobre el futuro de las líneas una vez que concluya la prórroga: no se ha confirmado que vayan a cancelarse de manera automática. La presidenta añadió que, si una línea deja de funcionar o no está registrada, el usuario puede hacer el trámite correspondiente para reactivar el servicio.

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