TEPJF confirma irregularidades de México Tiene Vida y avala multa del INE por aportaciones ilegales

El Tribunal Electoral ordenó continuar las investigaciones sobre el origen de los recursos

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En una sala del Tribunal Electoral, seis jueces están sentados en un escritorio curvo de madera oscura, con dos banderas mexicanas a los lados y paredes de piedra
Miembros del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación durante una sesión donde se confirmaron sanciones económicas del INE contra México Tiene Vida

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las irregularidades detectadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) en el financiamiento de la asociación México Tiene Vida, organización impulsada por grupos conservadores de Nuevo León que buscó obtener el registro como partido político nacional.

La resolución representa un nuevo revés para la organización, ya que fortalece los argumentos utilizados por el INE para negarle el registro partidista y sienta un precedente sobre la ilegalidad de las aportaciones que recibió durante su proceso de conformación.

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Aunque todavía está pendiente otra sentencia del TEPJF relacionada con el registro definitivo de la asociación, la decisión emitida por la Sala Superior refuerza la postura de la autoridad electoral respecto al incumplimiento de las reglas de financiamiento establecidas en la legislación mexicana.

TEPJF avala multa de más de medio millón de pesos

México Tiene VIDA Nacional
Última Asamblea de México tiene vida (México Tiene VIDA Nacional/FB)

Los magistrados confirmaron la multa de 565 mil 700 pesos impuesta por el INE a México Tiene Vida por aceptar aportaciones en efectivo provenientes de una persona impedida por la normativa electoral.

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De acuerdo con la investigación de la autoridad electoral, la organización recibió 779 mil pesos mediante donaciones cuya procedencia presentaba irregularidades, por lo que el INE determinó que la asociación incumplió con la obligación de rechazar esos recursos.

El proyecto presentado por el magistrado Felipe de la Mata concluyó que los argumentos presentados por la organización eran infundados y que la resolución del Instituto Nacional Electoral estaba debidamente sustentada.

Detectan depósitos vinculados con una empresa mercantil

Uno de los elementos que resultó determinante para confirmar la sanción fue el análisis financiero realizado por el INE.

Las investigaciones revelaron que una persona física, identificada como Vanessa Fernández Torres, recibió 50 depósitos bancarios provenientes de la empresa Construcciones Alcalá entre agosto y diciembre de 2025.

Infografía: lupa, edificio, persona, documentos, dinero y urna. Nombres: Construcciones Alcalá, Vanessa Fernández Torres y México Tiene Vida.
El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó transferencias irregulares por dos millones de pesos desde Construcciones Alcalá a México Tiene Vida, realizadas a través de Vanessa Fernández Torres entre agosto y diciembre de 2025. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Posteriormente, esos recursos fueron entregados a México Tiene Vida mediante diversas aportaciones económicas.

En total, la simpatizante aportó alrededor de dos millones de pesos a la organización durante el proceso para obtener su registro como partido político.

La legislación electoral prohíbe que empresas mercantiles financien actividades partidistas o de organizaciones que buscan convertirse en partidos políticos, por lo que la autoridad consideró que existían elementos suficientes para sancionar a la asociación.

Continúan investigaciones sobre el origen del dinero

Además de confirmar la multa económica, la Sala Superior determinó que el INE deberá continuar con el procedimiento oficioso para investigar el origen y destino de los recursos utilizados por México Tiene Vida.

Las autoridades buscan determinar si existieron otras fuentes de financiamiento prohibidas o posibles irregularidades adicionales relacionadas con la obtención de recursos.

Durante el proceso, la asociación intentó acreditar que sus simpatizantes contaban con la capacidad económica suficiente para realizar las aportaciones efectuadas.

Sin embargo, los magistrados coincidieron con el criterio del INE al señalar que la documentación presentada fue entregada fuera de los plazos legales establecidos, por lo que no podía ser considerada como prueba válida para desvirtuar las observaciones realizadas por la autoridad fiscalizadora.

Otro intento de crear un partido también fue rechazado

En la misma sesión, la Sala Superior resolvió otro caso relacionado con el proceso de constitución de nuevos partidos políticos nacionales.

Se trató de la asociación Interacción y Empatía para Todos, A.C., la cual impugnó la negativa del INE para obtener su registro.

La organización únicamente logró afiliar a ocho personas, muy lejos de las 256 mil 030 afiliaciones requeridas por la legislación electoral para constituirse como partido político nacional.

Pese a ello, argumentó que el Instituto Nacional Electoral nunca le informó sobre los requisitos incumplidos.

Los magistrados rechazaron dicho planteamiento y confirmaron que la autoridad electoral actuó conforme a derecho al negar el registro.

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