
La defensa del ex vicealmirante de la Secretaría de Marina (Semar), Manuel Roberto Farías Laguna, busca que sea revocada su vinculación a proceso por delincuencia organizada con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos al señalar que incurre en “varias violaciones constitucionales”.
Luego de que les fue negado el amparo contra la vinculación a proceso del ex vicealmirante en la causa penal 325/2025, la defensa interpuso un recurso de revisión contra dicha sentencia.
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El asunto quedó en manos de un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que deberá determinar si la resolución incurrió en violaciones constitucionales o no, tal y como lo señala la defensa del ex marino vinculado con una red de huachicol fiscal, y en la que también se involucra a su hermano, Fernando Farias Laguna, quien fue detenido en Argentina en el mes de abril.
La Ministra de Seguridad Nacional de Argentina, Alejandra Monteoliva, informa sobre el elemento de Semar detenido en Buenos Aires
El auto de vinculación a proceso fue dictado en octubre de 2025 por el juez de control Mario Martínez Elizondo. El 22 de junio de 2026, el juez tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Jorge Adrián Cruz Flores, negó el amparo, decisión que la defensa considera contraria a garantías como el debido proceso, la presunción de inocencia y la debida fundamentación.
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¿Por qué la defensa considera inconstitucional la negativa al amparo?
La defensa señaló ocho puntos concretos por los que realizó el recurso de revisión contra la sentencia que les negó el amparo, los cuales son los siguientes:
- Incompetencia por razón de fuero militar. De acuerdo con los litigantes, la imputación se construye a partir de la calidad de vicealmirante y de las funciones desempeñadas dentro de la Secretaría de Marina, por lo que el juzgador estaba obligado a analizar si el caso correspondía a la jurisdicción castrense conforme al artículo 13 constitucional. Según el recurso, ese análisis nunca se realizó.
- Falta de individualización de la conducta. Ni la Fiscalía ni la sentencia identifican una orden, instrucción o acto concreto ejecutado personalmente por Farías Laguna que permita atribuirle funciones de administración, dirección o supervisión dentro de la presunta organización delictiva.

- Ausencia de motivación suficiente. La defensa señaló que el juzgado de Distrito reprodujo la narrativa de la Fiscalía sin verificar si los datos de prueba eran individualizados, lo que —a su juicio— vacía de contenido el control constitucional que debió ejercerse.
- Uso de inferencias en lugar de pruebas directas. La imputación descansa en referencias a la jerarquía institucional, relaciones laborales, geolocalizaciones y vínculos familiares, pero no en elementos que acrediten una participación personal y concreta en los hechos investigados.
- Tergiversación de elementos de prueba. La sentencia otorgó un alcance indebido a la carta atribuida a Fernando Rubén Guerrero Alcántar, tratándola como una imputación directa cuando, según la defensa, no tiene ese contenido.
- Responsabilidad penal colectiva. La resolución valida una narrativa general sobre la presunta organización criminal mediante expresiones colectivas que agrupan a diversos imputados, sin distinguir la conducta específica atribuible a Farías Laguna.

- Falta de exhaustividad y congruencia. La defensa detalló que la sentencia no respondió de manera efectiva a los conceptos de violación planteados e incorporó consideraciones ajenas a la controversia constitucional.
- Impugnación de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Permanece pendiente el cuestionamiento sobre la constitucionalidad del artículo 4, fracción I, de dicha ley, al considerar que plantea problemas de taxatividad, legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica que no fueron analizados de fondo.
El Tribunal Colegiado, nueva instancia que deberá determinar si se revoca la vinculación a proceso

Con estos argumentos, la defensa solicitó al Tribunal Colegiado revocar la sentencia recurrida y conceder el amparo, al estimar que el auto de vinculación a proceso fue validado sin un análisis constitucional suficiente.
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Con esto, se espera que sea en las próximas semanas cuando el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito determine si debe o no revocarse la vinculación a proceso de Manuel Roberto Farias Laguna, quien se encuentra recluido en el penal del Altiplano, ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México.
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