
Más de 1.5 millones de repartidores y conductores de plataformas digitales aparecen registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pero solo uno de cada ocho recibe atención médica efectiva. El resto quedó atrapado en un vacío legal que los excluye simultáneamente del Seguro Social y de los servicios públicos de salud alternativos.
Al cierre de mayo de 2026, el IMSS reportó 1,554,053 personas “beneficiadas” por la reforma de plataformas digitales. De ese total, únicamente 197,131 —el 12.7%— superaron el umbral de ingreso neto mensual requerido para acceder a los cinco seguros del instituto.
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El 87.3% restante, equivalente a 1,356,922 trabajadores, tiene Número de Seguridad Social activo pero permanece en una condición que el propio sistema clasifica como “vigente sin derecho a servicio”.
En términos prácticos: están registrados, pero el sistema no los atiende.
El ingreso que la mayoría no alcanza

La ley fija un salario promedio diario de $452.3 pesos como piso mínimo para acceder a la cobertura médica completa del IMSS. Quienes no llegan a esa cifra solo quedan cubiertos por el seguro de riesgos de trabajo, que protege en caso de accidente en trayecto o enfermedad durante la prestación del servicio.
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Esa cobertura parcial incluye atención médica de urgencia y el pago del 100% del salario registrado durante el tiempo que dure la incapacidad. Quedan excluidos, en cambio, los seguros de enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez, y guarderías.
El diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN) Éctor Jaime Ramírez Barba lo resumió ante el Congreso: “Si no cubres lo que dice la ley que debes cubrir, entonces estás afiliado al IMSS, pero sin derecho a servicio médico”.
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La trampa del doble bloqueo
Cuando un repartidor intenta acudir a los servicios estatales de salud, al IMSS-Bienestar o a cualquier esquema público destinado a población sin seguridad social, el sistema le exige una Constancia de No Derechohabiencia del IMSS, documento que acredita que la persona no cuenta con seguridad social vigente.
El problema es que el servidor del IMSS registra al trabajador con un patrón activo. Por eso, la constancia no puede expedirse.
El resultado es un bloqueo simultáneo: rechazado en el IMSS por no cotizar lo suficiente, e impedido de acceder a las alternativas públicas porque su registro nominal le impide obtener el papel que acredita su desprotección real. No está ni dentro ni fuera del sistema.
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Plataformas y IMSS: altas que no garantizan cobertura
Las empresas de plataformas cumplen formalmente al dar de alta a sus colaboradores y, con eso, se protegen ante inspecciones y multas. El IMSS, a su vez, contabiliza cada alta como si fuera una incorporación plena a la seguridad social.
Los indicadores institucionales se satisfacen. Pero el repartidor que circula a diario en motocicleta descubre la realidad cuando intenta agendar una consulta o surtir una receta: el sistema lo bloquea.
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El gobierno federal presentó el registro de más de 1.5 millones de trabajadores como un logro de la reforma, sin precisar que nueve de cada diez no acceden efectivamente a los servicios. Según datos del IMSS citados por Ramírez Barba, 16 plataformas digitales tienen trabajadores inscritos bajo este esquema, con una variación mensual de 37,652 puestos al 31 de mayo.
La propuesta legislativa y el plazo para reformar

Ante la situación, el legislador panista anunció la presentación de un exhorto al Ejecutivo Federal, a la Secretaría de Salud y al IMSS para que el algoritmo del instituto permita expedir en tiempo real una constancia que reconozca el estatus real de estos trabajadores: registro vigente, pero sin derecho efectivo a servicio médico.
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Con ese documento, los afectados podrían acceder, sin bloqueos, al sistema público que atiende a la población sin seguridad social, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud.
El gobierno federal dispone de 180 días a partir del cierre de la prueba piloto en diciembre de 2025 para presentar reformas que corrijan las reglas de operación del esquema.
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