
La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, respaldó la posibilidad de que las herencias, los legados y los recursos de las Afores entregados a beneficiarios de trabajadores fallecidos estén sujetos al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Sin embargo, precisó que una modificación de ese tipo no corresponde al máximo tribunal del país, sino al Congreso de la Unión.
Tras la discusión del asunto en el Pleno de la SCJN, Batres explicó que la función de la Corte es interpretar la legislación vigente y sostuvo que cualquier cambio relacionado con el régimen fiscal debe realizarse mediante una reforma aprobada por el Poder Legislativo.
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“Es justo que se pagaran impuestos a las herencias y legados; sin embargo, esa no es una facultad de la Suprema Corte, le corresponde al Congreso de la Unión”, señaló la ministra en una videocolumna difundida después de la sesión.
La discusión surgió por el tratamiento fiscal de las Afores heredadas
El tema llegó al Pleno de la SCJN debido a una contradicción de criterios entre tribunales colegiados sobre el tratamiento fiscal de los recursos acumulados en las cuentas individuales para el retiro cuando son entregados a los beneficiarios de una persona trabajadora fallecida.
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Uno de los tribunales consideró que dichos recursos constituyen un ingreso sujeto al pago del ISR, mientras que otro determinó que pueden equipararse a una herencia o un legado, por lo que deberían quedar exentos conforme al artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Durante la discusión, Batres apoyó el proyecto que proponía considerar esos recursos como ingresos gravables y sostuvo que, desde su perspectiva, tanto las herencias como los recursos heredados de una Afore representan patrimonio recibido por una persona sin que éste provenga directamente de su propio trabajo.
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Batres argumenta que los impuestos contribuyen a redistribuir la riqueza
Al explicar su voto, la ministra señaló que el debate no debe centrarse únicamente en los recursos de las Afores, sino también en el tratamiento fiscal de las herencias y los legados en México.
Recordó que el artículo 93 de la Ley del ISR establece actualmente una exención para quienes reciben una herencia o un legado, mientras que los retiros de recursos de las Afores tienen un régimen distinto.
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Asimismo, hizo un repaso histórico sobre la legislación mexicana y señaló que el país contó con impuestos sobre herencias durante varias décadas del siglo XX, hasta su derogación en 1961.

Batres también indicó que actualmente 24 países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) mantienen algún tipo de impuesto sobre herencias o legados y afirmó que los impuestos representan un mecanismo para contribuir a la redistribución de la riqueza.
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Claves del debate
- La discusión surgió por criterios distintos entre tribunales federales sobre el ISR aplicable a recursos de Afores heredadas.
- Lenia Batres respaldó que esos recursos y las herencias puedan estar sujetos al pago de impuestos.
- La ministra aclaró que crear o modificar un impuesto es facultad del Congreso de la Unión.
- La mayoría del Pleno de la SCJN rechazó el proyecto que proponía gravar los recursos de las Afores.
- El asunto continúa pendiente de una resolución definitiva, ya que será elaborado un nuevo proyecto.
La mayoría de la SCJN se pronunció en sentido distinto
Durante la sesión, seis ministros votaron en contra del proyecto que proponía considerar gravables los recursos entregados a los beneficiarios de trabajadores fallecidos.

La mayoría estimó que el dinero acumulado en una cuenta individual forma parte del patrimonio generado por la persona trabajadora y tiene como finalidad brindar protección económica a quienes fueron designados como beneficiarios o a quienes la ley reconoce con mejor derecho.
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Además, señalaron que establecer un tratamiento fiscal distinto entre beneficiarios reconocidos por distintas vías generaría una diferencia injustificada cuando los recursos tienen el mismo origen y finalidad.
Como resultado del debate, el proyecto fue retirado para la elaboración de una nueva propuesta que incorpore las consideraciones expresadas durante la discusión, por lo que la contradicción de criterios permanece pendiente de resolución.
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Especialistas advierten que el debate continúa abierto
Tras la discusión en la Suprema Corte, especialistas en materia de retiro señalaron que los recursos acumulados en una Afore corresponden al patrimonio construido por las personas trabajadoras a lo largo de su vida laboral, por lo que consideran que gravarlos implicaría aplicar impuestos sobre recursos que ya contribuyeron al sistema fiscal durante su formación.

Por ahora, la legislación mexicana mantiene exentas del ISR las herencias y los legados, mientras que la Suprema Corte aún no emite un criterio definitivo sobre el tratamiento fiscal de los recursos de las Afores entregados a beneficiarios.
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En ese contexto, las declaraciones de Lenia Batres se enmarcan en una discusión sobre el sistema tributario y la redistribución de la riqueza, aunque cualquier modificación al régimen fiscal vigente dependería, en su caso, de una decisión del Congreso de la Unión.
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