Suprema Corte reasume competencia en caso de eutanasia: abre debate sobre muerte asistida tras amparo de paciente con cáncer

La discusión reabre el debate sobre si el marco legal mexicano puede limitar cómo una persona decide el final de su vida

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó reasumir competencia para analizar un amparo que podría marcar un cambio trascendental en la política sanitaria y penal de México: la posibilidad de permitir la eutanasia y el suicidio asistido bajo ciertas condiciones.

El caso, impulsado por una paciente con cáncer y tanatóloga, pone bajo escrutinio la constitucionalidad de la prohibición absoluta de ambas prácticas frente al derecho a la autonomía y al libre desarrollo de la personalidad.

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La decisión, tomada en sesión pública de la SCJN, abre el debate jurídico en torno a si el marco legal mexicano puede o no limitar la forma en que una persona decide el final de su vida, especialmente en contextos de enfermedad terminal y sufrimiento prolongado.

SCJN abre debate inédito sobre la eutanasia y el suicidio asistido

Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó reasumir competencia sobre el amparo en revisión 147/2026.

El caso fue promovido por una mujer con formación en tanatología y diagnóstico de cáncer de mama, quien ha dedicado su vida a acompañar a pacientes y familiares con enfermedades terminales.

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La promovente sostiene que la prohibición absoluta de la eutanasia y el suicidio asistido, establecida en la Ley General de Salud y los códigos penales federales y de la Ciudad de México, vulnera su derecho a decidir de manera autónoma sobre el final de su vida.

Según los argumentos presentados, las normas actuales imponen como única vía válida la denominada “muerte natural”, sin tomar en cuenta la autonomía y el proyecto de vida de quienes enfrentan condiciones de sufrimiento irreversible.

Durante la sesión, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz precisó que la discusión actual se limita a determinar si la Corte debe atraer el caso, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto.

“No estamos definiendo si en este caso es constitucional o no esta prohibición absoluta; solamente estamos decidiendo si la Corte ahora reasume competencia en este caso concreto y más adelante habremos de analizar a profundidad la temática”, aclaró.

El expediente llegó al máximo tribunal tras un amparo indirecto presentado por la paciente, quien demanda el reconocimiento de su libertad para decidir sobre prácticas de muerte asistida, incluyendo la eutanasia y el suicidio asistido.

La quejosa argumentó que su situación de salud y su experiencia profesional la han llevado a cuestionar la constitucionalidad de las normas que sancionan penalmente estas conductas.

El ministro Irving Espinosa Betanzos, uno de los solicitantes de la reasunción de competencia junto al ministro presidente, destacó que el asunto reviste “trascendencia excepcional” por tratarse de una persona que ha vivido en carne propia el acompañamiento de pacientes terminales y que ahora enfrenta una enfermedad grave.

“Lo que viene reclamando son disposiciones en materia de salud que se refieren al trato para pacientes con enfermedades terminales, así como los cuidados paliativos para estas personas”, expuso.

La ministra Loreta Ortiz subrayó que el caso exige analizar si el Estado puede constitucionalmente imponer como única opción la muerte natural, aun cuando una persona desee decidir de manera libre e informada sobre el fin de su vida.

Añadió que el asunto involucra temas de consentimiento informado, autonomía médica, libertad de conciencia, cuidados paliativos y protección de personas en situación de vulnerabilidad.

Eutanasia en el derecho comparado y el contexto internacional

Durante el debate, el ministro Arístides Guerrero García aportó elementos de derecho comparado, señalando que países como Países Bajos y Bélgica permiten la eutanasia desde 2002, mientras que en Canadá se legalizó en 2016.

En Colombia, la Corte Constitucional despenalizó la muerte asistida en 1997, y en Suiza la asistencia al suicidio no es delito si no existe interés personal de por medio.

En Austria, el Tribunal Constitucional permitió el suicidio asistido desde 2021. Tribunales de Alemania e Italia también han emitido resoluciones que exhortan a los legisladores a crear marcos legales adecuados.

El ministro Guerrero enfatizó que la Constitución de la Ciudad de México ya incorpora el derecho al “buen morir”, lo que da relevancia al debate en el contexto nacional.

“Dentro del contexto y del debate internacional ha sido una temática de relevancia y es el motivo por el cual creo que este Tribunal Constitucional también debe dar el debate en su momento”, afirmó.

También dejó claro que la reasunción de competencia no implica un posicionamiento a favor o en contra de la eutanasia, sino que responde a la trascendencia del asunto y a la necesidad de que la Corte discuta un tema de alto impacto social y jurídico.

Implicaciones éticas, jurídicas y sociales de una decisión de la Corte

La eventual resolución de la Corte tendrá profundas consecuencias éticas y jurídicas en el país.

Los ministros coincidieron en que el caso plantea interrogantes sobre el alcance del derecho a la autonomía personal, la obligación del Estado de garantizar cuidados paliativos y la protección de personas vulnerables.

La ministra Ortiz insistió en que la sola vigencia de las normas impugnadas condiciona la posibilidad de construir un proyecto de vida y de muerte, lo que da relevancia al estudio del caso desde perspectivas éticas, sanitarias y penales.

Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar recordó que, por ahora, la Corte únicamente decidió reasumir competencia, y que el debate de fondo sobre la constitucionalidad de la eutanasia será abordado en próximas sesiones plenarias.

México y el debate legislativo actual sobre muerte asistida

Mientras la SCJN prepara el terreno para analizar el fondo del caso, el debate sobre la eutanasia también avanza en el plano legislativo.

En junio de 2026, diputados del Congreso de la Ciudad de México presentaron una iniciativa para legalizar la muerte asistida y habilitaron una aplicación para recabar apoyo ciudadano a la propuesta.

Actualmente, la eutanasia está prohibida en México por la Ley General de Salud y los códigos penales federal y locales. Sin embargo, la discusión abierta tanto en la Corte como en los congresos locales refleja un cambio en la percepción social y jurídica sobre el derecho a morir con dignidad.

La resolución final de la SCJN podría convertirse en un parteaguas para el marco normativo mexicano y para la protección de los derechos de pacientes con enfermedades terminales.

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