
El SAT cobró 40% más en recargos por mora desde el 1 de enero de 2026: una deuda de $100,000 pesos que antes generaba $1,470 mensuales en intereses ahora produce $2,070 cada mes, conforme a la nueva tasa del 2.07% establecida en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para este ejercicio fiscal.
El cambio tiene respaldo en dos instrumentos oficiales. El primero es la LIF 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de noviembre de 2025, que fijó la nueva tasa en su artículo 11.
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El segundo es la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026, publicada también en el DOF el 28 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero, que la formalizó en su Regla 2.1.20.
Cuánto cuesta ahora deberle al fisco

La tasa de recargos por mora —la que aplica cuando un contribuyente paga sus impuestos fuera del plazo legal— pasó de 1.47% a 2.07% mensual.
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El incremento equivale a 0.60 puntos porcentuales, pero su efecto se amplifica con el tiempo: un adeudo que se deja sin pagar durante un año acumula una carga adicional del 25% sobre el monto original (2.07% × 12 meses).
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) precisó que el objetivo declarado de la reforma es eliminar el incentivo perverso que existía cuando resultaba más económico deberle al fisco que a una institución financiera. Luis Carlos Figueroa, vicepresidente fiscal del IMCP, confirmó el alza del 40% al medio El Economista en noviembre de 2025.
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La escala completa de recargos

La mora no es el único concepto que subió. Toda la tabla de recargos se actualizó para 2026:
Prórroga (plazo autorizado para pagar después del vencimiento): de 0.98% a 1.38% mensual
Parcialidades hasta 12 meses: de 1.26% a 1.42% mensual
Parcialidades de 13 a 24 meses: de 1.53% a 1.63% mensual
Parcialidades de más de 24 meses o pago diferido: de 1.82% a 1.97% mensual
Los recargos se calculan de forma automática desde el primer día de atraso sobre el saldo insoluto actualizado, sin necesidad de que el SAT emita un aviso previo.
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El perfil del contribuyente más expuesto
Las personas físicas con declaración anual son el grupo de mayor riesgo inmediato: el plazo para presentarla venció el 30 de abril de 2026, y cualquier saldo pendiente desde esa fecha ya acumula recargos a la tasa del 2.07% mensual.
También quedan expuestos quienes tienen convenios de pago en parcialidades firmados antes de 2026, ya que las nuevas tasas aplican sobre los saldos vigentes del ejercicio en curso. Las empresas con adeudos en ISR, IVA o IEPS enfrentan el mismo esquema.
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El marco de la estrategia fiscal más ambiciosa del SAT

El endurecimiento de los recargos forma parte del Plan Maestro 2026 del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que fijó una meta de recaudación de 6.448 billones de pesos para este año, la cifra más elevada de la que se tenga registro.
El titular del organismo, Antonio Martínez Dagnino, presentó la estrategia en enero de 2026 bajo la premisa de no crear nuevos impuestos, sino aumentar el costo del incumplimiento y ampliar la base de contribuyentes activos.
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La RMF 2026 estará vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, según lo establece su primer artículo transitorio.
Cómo pagar un adeudo fiscal ante el SAT

El trámite es gratuito en todos los casos. Su fundamento legal está en los artículos 2, 4, 6, 17-A, 20, 21 y 65 del Código Fiscal de la Federación (CFF). El portal oficial es sat.gob.mx.
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Opción 1: Pago total en una sola exhibición
Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña
Selecciona Créditos Fiscales / Servicios / Formato para pago (total)
Genera la línea de captura
Paga en ventanilla bancaria o desde tu portal de banca en línea
Nota: si la línea de captura vence antes de concretar el pago, presenta una declaración complementaria para obtener una nueva. El sistema recalcula automáticamente los recargos y la actualización acumulados.
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Opción 2: Pago en parcialidades o diferido (artículos 66 y 66-A del CFF)
Plazo máximo en parcialidades: 36 meses
Plazo máximo en pago diferido: 12 meses
Por internet:
Ingresa a Mi Portal con RFC y contraseña
Selecciona Servicios por internet / Servicios o solicitudes / Solicitud
Elige la opción “Pago a plazos 66 y 66-A CFF”
Especifica el monto del adeudo, número de parcialidades o fecha del pago diferido
Adjunta el comprobante del pago inicial de al menos el 20% del total adeudado
Envía la solicitud y conserva el número de folio
El SAT tiene 15 días hábiles para responder. Si requiere información adicional, el contribuyente cuenta con cinco días hábiles para entregarla; de lo contrario, la solicitud queda cancelada.
Presencial:
Acude a la Administración Desconcentrada de Recaudación (ADR) más cercana a tu domicilio fiscal
Presenta los siguientes documentos:
Identificación oficial vigente
Escrito libre con RFC, domicilio fiscal, número de resolución del adeudo y correo electrónico
Comprobante del pago inicial del 20%
Recibe tu acuse de recibo
Espera la respuesta por buzón tributario o correo electrónico registrado
Opción 3: Programa de Regularización Fiscal 2026
Permite condonar hasta el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución sobre adeudos del ejercicio 2024 o anteriores.
Requisitos para acceder:
Ingresos totales en 2024 no superiores a 300 millones de pesos
No figurar en los listados de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF
No contar con sentencia firme por delitos fiscales
No haber recibido condonaciones en programas generalizados previos
Fechas clave
Solicitud: hasta el 31 de octubre de 2026
Pago una vez autorizado: máximo 15 días naturales
Última parcialidad (créditos firmes): antes del 30 de noviembre de 2026
El trámite se presenta en sat.gob.mx o de forma presencial en la ADR correspondiente. El incumplimiento de cualquier línea de captura implica la pérdida automática del beneficio.
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