Pensión por viudez IMSS: así puedes comprobar el concubinato antes de los 5 años

Las parejas sin acta ya no deben acreditar un plazo fijo, pero sí reunir evidencias de apoyo mutuo, vida en común y responsabilidades compartidas para obtener la prestación económica

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El apoyo busca cuidar el ingreso familiar tras una muerte y puede llegar sin matrimonio civil, siempre que se demuestre una convivencia pública, constante y con respaldo material o emocional.
El apoyo busca cuidar el ingreso familiar tras una muerte y puede llegar sin matrimonio civil, siempre que se demuestre una convivencia pública, constante y con respaldo material o emocional.

La pensión por viudez del IMSS es una prestación económica que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social a la persona que fue cónyuge o concubina(o) de un trabajador asegurado o pensionado fallecido.

El objetivo de este apoyo es proteger el ingreso de la familia tras la muerte del asegurado, ayudando a cubrir necesidades básicas.

La pensión se concede siempre y cuando el fallecido haya cumplido con los requisitos de cotización establecidos por la Ley del Seguro Social.

Para acceder a este beneficio, la persona solicitante debe acreditar el vínculo matrimonial o, en el caso de concubinato, demostrar la convivencia y la relación solidaria con el asegurado fallecido.

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Y aunque la ley establece que se necesitan probar 5 años de concubinato un fallo de la SCNJ acaba de anunciar que ya no será necesario comprobar un plazo mínimo.

Sin embargo, es importante señala que aún sigue siendo necesario probar el concubinato, el cual cumple con una serie requisitos específicos para ser considerado como tal.

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Un hombre y una mujer tomados de la mano mientras caminan por una calle empedrada; el hombre lleva una camisa oscura y reloj, la mujer una chaqueta vaquera.
La ley mexicana considera el concubinato como una relación solidaria en la que la pareja comparte apoyo material, económico y emocional, además de responsabilidades semejantes a las del matrimonio. (Imagen Ilustrativa Infobae)

¿Qué requisitos debo cumplir para ser considerada como concubina de mi pareja?

Es importante mencionar que, ante la ley mexicana el concubinato se califica como una relación solidaria la cual se refiere al vínculo en el que dos personas se apoyan mutuamente en aspectos materiales, económicos y/o emocionales, asumiendo responsabilidades compartidas semejantes a las del matrimonio, aunque no exista un contrato civil formal.

En el contexto de prestaciones sociales, como la pensión por viudez, la relación solidaria es uno de los elementos que se consideran para reconocer el concubinato. Esto implica que ambas personas:

  • Se ayudan y respaldan en la vida cotidiana.
  • Contribuyen de manera conjunta al sostenimiento del hogar.
  • Comparten responsabilidades y decisiones importantes como pareja.

Las leyes suelen exigir la demostración de este apoyo mutuo —junto con la convivencia continua y pública— para otorgar derechos equivalentes a los del matrimonio, como acceso a pensiones o servicios de salud.

La finalidad es proteger a quienes han formado una familia bajo esta modalidad, aunque no haya un acta matrimonial.

Familia sentada en la sala con rostros preocupados y maletas, alrededor de una mesa con un mapa.
Las relaciones de concubinato que llegan a su fin se comprueban legamente mediante pruebas de la existencia de la relación solidaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cómo se demuestra el lazo afectivo, solidario y de convivencia para cobrar la pensión por viudez al ser concubina

Para cobrar la pensión por viudez como concubina en México, es necesario demostrar ante la autoridad correspondiente la existencia de un lazo afectivo, solidario y de convivencia, lo cual aplica para otros instituciones además del IMSS (ISSSTE u otra institución)

Los requisitos y pruebas pueden variar según la institución, pero generalmente se solicita lo siguiente:

  • Constancia de concubinato: Documento expedido por una autoridad civil (juez, registro civil o juzgado familiar) donde se reconoce la convivencia como pareja durante al menos cinco años previos al fallecimiento, o menos si hay hijos en común.
  • Comprobantes de domicilio: Recibos de servicios, contratos de arrendamiento, o cualquier documento oficial donde ambos aparezcan como residentes del mismo domicilio.
  • Testimonios de testigos: Declaraciones ante notario o juez de familiares, vecinos o amigos que confirmen la convivencia y la relación afectiva y solidaria.
  • Actas de nacimiento de hijos en común: Si existen hijos, las actas de nacimiento ayudan a probar la relación.
  • Fotografías y correspondencia: Evidencias que demuestren la vida en común, como fotos familiares, mensajes o cartas.
  • Documentos bancarios o seguros: Pólizas, cuentas o seguros donde ambos aparezcan como beneficiarios o titulares.

Es importante mencionar que la constancia de concubinato es un documento más que ayuda a probar la relación solidaria; sin embargo, no es un documento legal que baste por si mismo para comprobar dicha relación y puede ser desestimado por los jueces.

En realidad, en los juicios, es vital reunir la mayor cantidad de pruebas posibles y presentarlas ante la institución correspondiente para acreditar la relación y acceder a la pensión por viudez.

Se recomienda asesorarse con un abogado o directamente en la ventanilla de prestaciones del IMSS, ISSSTE u otra dependencia según corresponda.

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