
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos solicitudes de medidas cautelares relacionadas con presuntos casos de violencia política y uso indebido de la pauta en medios de comunicación.
En el primer asunto, una diputada federal denunció diversas publicaciones difundidas en Facebook, Instagram y otras redes sociales, al considerar que formaban parte de una estrategia sistemática de descrédito en su contra. Tras el análisis del contenido, la Comisión determinó que dichas publicaciones no constituyen Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), debido a que no contienen elementos de género ni buscan limitar sus derechos político-electorales.
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Ante esta situación, el órgano electoral concluyó que los señalamientos se ubican dentro del ámbito del debate público. Por ello, resolvió declarar improcedentes las medidas cautelares solicitadas por la denunciante. Asimismo, la petición en su vertiente de tutela preventiva también fue considerada improcedente, al no advertirse una ilegalidad evidente.
INE ordena proteger datos personales
A pesar de la decisión tomada por el INE, se determinó por unanimidad ordenar la desindexación de información relacionada con la denunciante, con el objetivo de proteger sus datos personales.
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En este sentido, instruyó a los administradores de los perfiles de Facebook NX Noticias y Oaxaca en línea, así como de la cuenta de Instagram NX_Noticias, a evitar la difusión pública de información sensible.

Entre la información que no deberán mostrarse se encuentra el domicilio, las ubicaciones exactas, valores, listas de bienes privados y cualquier otro tipo de registro personal de carácter no público. Esta medida tiene como finalidad salvaguardar los derechos vinculados a la protección de cada persona.
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Al respecto, sobre la posible difusión indebida de datos personales y patrimoniales, la Comisión ordenó dar vista a la autoridad competente para que determine lo que corresponda conforme a derecho.
PRI presenta una denuncia contra Morena por difusión de contenido “calumnioso”
En un segundo caso, el dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una denuncia contra el partido Morena por la difusión de contenido que consideró calumnioso, en relación con el promocional denominado “Contraste”, cuya transmisión está prevista a partir del 28 de marzo en radio y televisión.
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Sobre este punto, el órgano electoral resolvió que no era procedente ordenar el retiro del material, ya que no se identificó la imputación de hechos o delitos falsos en contra del denunciante.
En consecuencia, determinó que no se configura la calumnia ni un uso indebido de la pauta, al considerar que el contenido del promocional es de carácter general y aborda temas de interés público.
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