
“El Congreso de la Unión y los congresos locales deben emitir la regulación necesaria para la postulación paritaria de candidaturas de los partidos políticos a las gubernaturas de las entidades federativas”, declaró el diputado Ricardo Monreal Ávila, en cuanto a los cuestionamientos sobre la procedencias de la llamada “Ley Esposa” en estados como San Luis Potosí.
El legislador enfatizó que ante el recurso interpuesto por la dirigente de Morena, Luisa María Alcalde, debido a lo aprobado en el estado mencionado, es fundamental esperar el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para determinar su constitucionalidad.
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“Ley Esposa”: la legitimidad de la impugnación
Monreal se pronunció sobre la impugnación anunciada por Luisa María Alcalde, dirigente nacional de Morena, contra la reforma que permitiría a las esposas de los mandatarios estatales competir por la gubernatura en el ciclo electoral de 2027.
“Ya anunció Luisa María Alcalde, mujer inteligente, que habrá una acción de inconstitucionalidad contra estas reformas… tiene legitimidad procesal para presentarla”, afirmó el legislador, al referirse tanto al caso de San Luis Potosí como a otras entidades que podrían ser afectadas por regulaciones similares.
El coordinador sostuvo que la vía para resolver el debate debe ser institucional y apegada al marco legal, reconociendo el debate mediático en torno a la validez de dicha reforma. “¿Es constitucional? Es la pregunta que todos nos hacemos”, planteó.
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Paridad de género y libertad legislativa local
Al ser consultado sobre las atribuciones de los congresos estatales en materia de paridad, Monreal Ávila precisó que la libertad configurativa de los poderes locales está limitada por el marco jurídico federal.
“Sí, en efecto, los congresos locales tienen libertad configurativa para elegir respecto de cómo verificar la paridad de género en el cargo a la gubernatura. Sin embargo, como no hay una regulación legal ni en la Federación ni en los Estados, resulta válido que el INE esté verificando que los partidos políticos garanticen la paridad de género”, argumentó.
De acuerdo con el diputado, la reforma no solo plantea paridad sino también alternancia de género, lo cual, en su opinión, “constituye un exceso legislativo”. Señaló que “los partidos políticos pueden impugnar en el caso de leyes electorales, así que tiene legitimidad procesal Luisa María Alcalde para presentar una acción de inconstitucionalidad contra esta reforma de San Luis Potosí”.
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La SCJN y el camino institucional ante reformas controvertidas
Ricardo Monreal Ávila reiteró que la constitucionalidad de esta reforma y otras semejantes debe ser definida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: “Vamos a esperar unos días. Pero en principio, cualquier hombre pudiera interponer y ser un tercero perjudicado de esta reforma. Los partidos políticos pueden interponer acciones de inconstitucionalidad”.
El coordinador concluyó que las reglas sobre paridad y alternancia en las candidaturas deben respetar el derecho de los ciudadanos a ser votados y la autodeterminación de los partidos, pero siempre bajo el escrutinio legal y constitucional.
Destacó que la ausencia de regulación estricta genera contradicciones y especulación, por lo cual recalcó la importancia del pronunciamiento de la SCJN para resolver el conflicto.
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Esto es lo más destacado sobre la opinión de Ricardo Monreal en el tema de la “Ley Esposa”
- El Congreso federal y los estatales deben crear leyes para asegurar la paridad de género en las candidaturas a las gubernaturas.
- Morena impugnó la reforma en San Luis Potosí que permite a las esposas de los gobernadores postularse para el cargo.
- Los congresos locales tienen margen para legislar sobre paridad de género, pero deben respetar las leyes federales.
- La exigencia de alternancia de género podría ser excesiva, según Monreal, y los partidos pueden impugnar estas reformas.
- La Suprema Corte decidirá si la “Ley Esposa” y otras reformas similares son constitucionales.
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