
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó por unanimidad la reducción de condena otorgada al feminicida de la maestra Jessica González Villaseñor. La Corte dejó sin efecto la decisión del Tribunal Colegiado que había reducido la pena de Diego Urik Mañón Melgoza de 50 años a 42 años y seis meses de prisión. El fallo corresponde al Amparo Directo en Revisión 4872/2024.
El máximo tribunal ordenó emitir una nueva sentencia que respete los criterios constitucionales y el principio de proporcionalidad en casos de violencia feminicida. La decisión instruye que la sanción se fundamente únicamente en la gravedad del acto y el grado de culpabilidad del responsable. Se desestimó el uso del derecho a la reinserción social como argumento para disminuir condenas en delitos de extrema gravedad.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf aseguró: “En la individualización de la sanción penal debe realizarse conforme a un razonamiento lógico-jurídico que atiende a los criterios que establece la norma procesal, es decir, la gravedad de la conducta típica y antijurídica y el grado de culpabilidad reprochable (...) la reinserción social no es un factor que los juzgadores deben atender a efecto de individualizar la sanción penal”.
Por otro lado, la ministra Yasmín Esquivel destacó la ausencia de perspectiva de género en instancias previas: “Lamentablemente el feminicidio es un delito que se ha incrementado en las últimas décadas en toda Latinoamérica” y enfatizó “el primer reproche jurídico que debe hacerse a la sentencia del tribunal de apelación local y del tribunal colegiado que conocieron de las impugnaciones de la defensa del imputado en este caso es la falta de perspectiva de género y de protección a las víctimas que se empleó por la jurisdicción al resolver este asunto”.
La Corte concedió el amparo a los familiares de la víctima y ordenó al tribunal local dictar una nueva sentencia conforme al fallo.
Feminicidio de Jessica González
El caso se originó en septiembre de 2020 con el feminicidio de Jessica González Villaseñor, maestra en Morelia, Michoacán. La víctima fue asesinada por Diego Urik Mañón Melgoza, quien enfrentó una condena inicial de 50 años de prisión. Las víctimas indirectas, familiares de la maestra, impugnaron la reducción de pena que había beneficiado al agresor.
El pronunciamiento de la SCJN no solo afecta la situación del responsable, sino que tiene repercusiones nacionales. Coloca los derechos de las víctimas y la perspectiva de género en el centro del debate judicial. La Fiscalía General del Estado y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos respaldaron la resolución, considerándola un mensaje contundente en contra de la impunidad y la tolerancia al feminicidio en México.

La nueva sentencia deberá respetar los criterios constitucionales para asegurar que la aplicación de justicia proteja la dignidad y los derechos de las víctimas de feminicidio y rechace criterios que minimicen la gravedad de estos delitos.
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