
En la Ciudad de México, los videos de las cámaras del C5 se han convertido en un recurso clave para las investigaciones de delitos y la presentación de pruebas ante autoridades judiciales.
Sin embargo, muchas víctimas desconocen que no pueden solicitar directamente una copia de este material. Solo las autoridades competentes, como el Ministerio Público o un juez, tienen la facultad legal para pedirlo de manera formal.
Aun así, los ciudadanos sí pueden tomar medidas preventivas para asegurar que el video no se borre mientras se lleva a cabo la investigación. Este proceso se conoce como resguardo del video, y es un paso indispensable para garantizar que la evidencia pueda ser utilizada posteriormente.
Quién puede solicitar el video
De acuerdo con la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública de la CDMX, solo las autoridades competentes pueden requerir directamente la copia de los videos.
No obstante, como víctima, se puede iniciar la solicitud de resguardo ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), proporcionando información clave sobre el hecho delictivo. Esto permite que el material quede protegido mientras se espera el requerimiento oficial.

Pasos para solicitar el resguardo del video
- Presentar denuncia ante el Ministerio Público.
- Este es el primer paso obligatorio para abrir un expediente y formalizar el procedimiento legal.
- Solicitar el resguardo del video.
- Como víctima, debes proporcionar:
- Número de averiguación previa o carpeta de investigación.
- Autoridad ante la que se radicó el asunto.
- Fecha, hora y dirección exacta del incidente.
- Motivo por el cual se requiere el video.
- Como víctima, debes proporcionar:
- Requerimiento oficial al C5.
- Una vez realizada la denuncia, el Ministerio Público o juez será quien solicite formalmente la copia al C5.
- Este procedimiento asegura la cadena de custodia y garantiza la validez legal del video como evidencia ante cualquier proceso judicial.
Aspectos importantes
Los videos del C5 se almacenan por tiempo limitado, por lo que es crucial actuar con rapidez tras el incidente. El procedimiento se regula por los artículos 24 y 31 de la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública de la CDMX, los cuales establecen los lineamientos para la protección, custodia y utilización del material audiovisual en investigaciones legales.

Aunque las víctimas no pueden solicitar directamente una copia del video del C5, sí pueden asegurar su resguardo y colaborar con las autoridades para que se mantenga disponible como evidencia. Conocer estos pasos permite que el material sea útil en la investigación y eventual resolución del delito.
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