
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer la revocación de la resolución previa en materia de impacto ambiental otorgada en diciembre de 2021 al proyecto “Muelle Cozumel, Terminal de Cruceros”, conocido también como el Cuarto Muelle.
La decisión de anulación, formalizada el 11 de septiembre de 2025, ocurre tras el análisis de un recurso presentado por residentes de Cozumel. Los habitantes manifestaron preocupaciones sobre los posibles daños a los ecosistemas marinos y costeros de la isla derivados de la construcción del nuevo muelle.
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En respuesta, la Subsecretaría de Regulación Ambiental ordenó a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) reiniciar el procedimiento de evaluación bajo los lineamientos del artículo 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como bajo otras normativas pertinentes.
La Semarnat indicó que la evaluación deberá llevarse a cabo con criterios técnicos y jurídicos más estrictos, poniendo especial énfasis en la protección de la biodiversidad y el resguardo de los ecosistemas circundantes a la zona contemplada para el proyecto.
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CEMDA celebra decisión se Semarnat, resolución marca precedente en defensa del derecho a un medio ambiente sano
A través de un comunicado el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) reconoció la reciente decisión de la Semarnat de revocar la Autorización de Impacto Ambiental para el proyecto conocido como Cuarto Muelle de Cozumel.
La organización destacó que el nuevo resolutivo sienta un precedente relevante para la defensa del derecho a un medio ambiente sano, al fundamentarse en principios como la precaución, la prevención, el in dubio pro-natura y jurisprudencias internacionales que reconocen este derecho como autónomo, interdependiente y esencial para la vida y la dignidad.
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Aseguró que la decisión de Semarnat está en sintonía con los criterios fijados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismos que han señalado que la preservación ambiental es condición necesaria para el ejercicio de otros derechos, incluyendo al agua, salud, alimentación y cultura.

Asimismo, la resolución refleja el cumplimiento de los compromisos internacionales de México en el marco del Acuerdo de Escazú, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, y la Opinión Consultiva OC-23/17 de la CIDH, que obligan a garantizar la participación pública, el acceso a la información y la justicia ambiental en decisiones que afectan a los ecosistemas.
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CEMDA recordó que el resolutivo de Semarnat coincide también con la suspensión definitiva otorgada por el Juzgado Segundo de Distrito de Cancún, Quintana Roo, que protege tanto las construcciones del Cuarto Muelle como el Arrecife Villa Blanca, este último un ecosistema emblemático de Cozumel y de alto valor para la biodiversidad y las actividades locales.
El Centro Mexicano destacó que esta resolución fortalece la obligación de no autorizar proyectos fragmentados, deficientes o sin evidencia suficiente, y ratificó la importancia del principio de no regresión en materia ambiental.
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Además, subrayó la relevancia de la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la justicia, principios fundamentales del Acuerdo de Escazú, y mencionó que el mensaje del desarrollo económico no puede estar por encima del derecho humano a un medio ambiente sano ni de la protección de los ecosistemas imprescindibles para la población.
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