
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) reportó que pondrá especial atención en los controles y sanciones para el personal de los centros penitenciarios federales de México, con el objetivo de frenar la influencia de los cárteles de la droga que, según las autoridades, continúan operando desde el interior de las cárceles.
El acuerdo, vigente desde el 2 de septiembre, establece lineamientos obligatorios para la asistencia a evaluaciones de control de confianza, buscando garantizar la integridad y confiabilidad del personal encargado de Prevención y Reinserción Social.
La medida surge tras la detección de un alto porcentaje de inasistencias injustificadas por parte de los trabajadores convocados a estos procesos de evaluación, especialmente en los casos relacionados con promociones y permanencia en el cargo, así como del alto índice de control del crimen organizado dentro de los centros penitenciarios.
Ante esta situación, la SSPC formalizó la normativa por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) que rige la ejecución de los exámenes, subrayando que la no asistencia injustificada dará lugar al inicio de procedimientos administrativos y la imposición de sanciones previstas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Además, la dependencia remarcó que someterse a estas evaluaciones es un deber legal para todos los integrantes de Prevención y Reinserción Social.

El contexto de esta decisión incluye la reciente expulsión de medio centenar de delincuentes que, de acuerdo con las autoridades federales, mantenían el control de sus organizaciones criminales desde prisión.
Esta acción evidenció la necesidad de reforzar la vigilancia sobre el personal penitenciario, considerado un eslabón clave en la lucha contra el crimen organizado dentro de los centros de reclusión.
Procedimiento de control de confianza y requisitos
El Centro de Evaluación y Control de Confianza, creado en septiembre de 2020, es responsable de aplicar y valorar los exámenes y emitir certificaciones para ingreso, permanencia y promoción.
El procedimiento consta de dos fases: una inicial en línea, destinada al llenado de documentación, y una segunda presencial, en la que se aplican exámenes médicos, psicológicos, toxicológicos, de entorno social y patrimonial, así como pruebas poligráficas.

Para participar, los elementos deben presentar documentos como acta de nacimiento, identificación oficial, CURP, RFC, comprobantes de estudios, ingresos y estados de cuenta, reporte de Buró de Crédito, documentación de bienes y vehículos, declaración patrimonial y, en su caso, resoluciones administrativas o penales.
La presentación de documentos falsos será remitida a Asuntos Legales, y solo se aceptarán inasistencias justificadas con pruebas válidas, como licencias médicas, oficios de comisión, vacaciones o casos fortuitos debidamente acreditados.
Resultados y consecuencias de las evaluaciones
El Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Reinserción Social informó que, de un total de 7 mil 644 elementos, el 99% ha participado en los procesos de control de confianza, con un 98% de aprobados y un 1% de reprobados, mientras que otro 1% permanece pendiente de aprobación, según datos cerrados a junio pasado.

Las consecuencias para quienes incumplan con la asistencia a las evaluaciones son estrictas. La inasistencia injustificada en procesos de permanencia se calificará como “no aprobado”, lo que conlleva repercusiones administrativas y laborales.
Finalmente, el acuerdo establece que si un trabajador se retira antes de iniciar o durante el desarrollo de alguna fase presencial del proceso de evaluación, se considerará que no ha cumplido con la obligación legal, y el resultado será igualmente negativo, con las sanciones correspondientes.
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