
El reparto de utilidades es uno de los derechos más importantes para las y los trabajadores en México. Cada año, las empresas que han generado ganancias durante el ejercicio fiscal anterior deben compartir un porcentaje de esos beneficios con sus empleados. Esta prestación está respaldada por la Constitución y regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Sin embargo, no todas las empresas están obligadas a entregar este pago en 2025, ya sea por su tipo de operación, su antigüedad o por no haber reportado ingresos. Aquí te explicamos quiénes deben pagar, quiénes están exentos y qué hacer si no recibiste esta prestación.
¿Qué empresas están obligadas a repartir utilidades en 2025?
Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), están obligadas a repartir utilidades todas aquellas empresas que cumplan con los siguientes criterios:
- Obtuvieron ganancias en el ejercicio fiscal 2024.
- Tienen más de un año operando.
- No pertenecen al sector gubernamental.
- No son instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.

Estas empresas, conocidas como personas morales, tienen un plazo legal para cumplir con esta obligación entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2025.
¿Quiénes están exentos del reparto?
Algunas organizaciones no están obligadas a repartir utilidades, incluso si cuentan con empleados. Entre ellas se encuentran:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de operación.
- Instituciones gubernamentales y organismos públicos descentralizados.
- Empresas con ingresos anuales menores a 300 mil pesos.
- Aquellas que no hayan reportado utilidades en su declaración anual del ISR ante el SAT.
Es importante subrayar que si una empresa no va a realizar el reparto porque no tuvo ganancias, está obligada a mostrar su declaración fiscal a sus trabajadores como medida de transparencia.
¿Y si mi empresa no me pagó utilidades?
Si consideras que tu empresa sí generó ganancias y no recibiste el reparto correspondiente, puedes solicitar una revisión. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría legal gratuita para estos casos.

📞 Contacto de PROFEDET:
- Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
Las y los trabajadores tienen hasta un año para reclamar este derecho, contados a partir del día siguiente a la fecha límite de pago.
Más Noticias
Horchata de chocolate: una bebida refrescante que puedes hacer fácilmente en casa
Esta receta fusiona el auténtico sabor del cacao con la tradicional preparación que acompaña diferentes platillos mexicanos

PT propone reforma para combatir contaminación por luz, ruido y olores en la CDMX
La iniciativa de la diputada Miriam Saldaña contempla formas de contaminación que han generado conflictos entre vecinos de la capital

Embajador de Cuba en México agradece mensaje de López Obrador ante situación en la isla
El ex presidente mexicano regresó de su retiro de la vida política para emitir un mensaje en solidaridad al país caribeño

Cruz Roja Mexicana suspende temporalmente servicios en Tamaulipas tras caída de donativos
La organización también señaló irregularidades administrativas, por lo que anunció la implementación de un proceso de revisión de cuentas en dicha delegación

Temblor en México hoy: noticias de la actividad sísmica este domingo 15 de marzo de 2026
Sigue en vivo todas las actualizaciones sobre movimientos telúricos emitidas por el SSN




