
Evitar problemas con la autoridad fiscal es una prioridad para quienes deben cumplir con sus obligaciones tributarias, razón por la que es necesario realizar la declaración anual, que es un mecanismo mediante el cual las personas físicas y morales notifican al gobierno los ingresos obtenidos y los impuestos correspondientes.
En el caso de las personas físicas, el plazo para presentar este trámite será del 1 al 30 de abril, mientras que las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con esta obligación.
Además, la declaración anual es un reporte que detalla los ingresos y egresos del año anterior, en este caso, 2024, por lo que el documento permite calcular el Impuesto sobre la Renta (ISR) que corresponde pagar.
Aunque es posible hacer el trámite uno mismo, para quienes no están familiarizados con el proceso, se recomienda acudir con un contador, ya que errores como omitir ingresos o deducciones, pueden derivar en multas, recargos y otros problemas financieros.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?

Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que no todas las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual.
Sin embargo, enlistó los casos en los que sí es necesario hacerlo, como cuando se trata de personas que perciben ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, enajenación o venta de bienes, así como quienes reciben intereses o dividendos.
También mencionó que deben realizarlo aquellos que obtuvieron premios, como los de la Lotería Nacional, quienes tuvieron dos o más patrones durante el año fiscal y aquellos cuyos ingresos anuales superaron los 400 mil pesos.
¿Cómo hacer la declaración anual correctamente según el SAT?

Para lograrlo de la mejor manera posible, el SAT aconsejó preparar la documentación necesaria que es:
- Constancias de ingresos y retenciones emitidas por empleadores
- Comprobantes fiscales (facturas) de deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios, entre otros
- Declaraciones provisionales presentadas durante el año, en caso de personas con actividad empresarial
- RFC y contraseña o e.firma para ingresar al portal del SAT
El procedimiento inicia con el ingreso al portal del SAT, es decir que se debe ingresar al sitio oficial www.sat.gob.mx. Una vez hecho esto, se accede a la sección de “Declaraciones Anuales” utilizando contraseña o e.firma.
Posteriormente se captura la información pero el sistema pre cargará los datos fiscales como ingresos y retenciones, aunque el SAT aconsejó verificar su exactitud. Una vez hecho este paso, se deben ingresar las deducciones personales permitidas según el régimen fiscal (gastos médicos, funerarios, transporte escolar, etcétera).
Después debe hacerse una revisión y cálculo; aunque el sistema generará la cuenta automáticamente del impuesto, se sugiere corroborarlo y puede resultar en saldo a favor, pago o en ceros. Si hay saldo a favor, se puede solicitar la devolución de impuestos indicando la cuenta CLABE (bancaria).
Luego se presenta la declaración firmada y se envía para después descargarla o guardar el acuse de recibo para registro y posibles aclaraciones futuras. Uno de los consejos clave para hacerlo correctamente es verificar que las facturas sean válidas y cumplan con los requisitos fiscales.
Además, se aconseja registrar únicamente montos deducibles según lo establecido en el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) así como evitar omitir fuentes de ingresos, ya que el SAT cruza información con terceros.
También es muy importante hacerlo dentro del plazo para evitar multas y recargos por incumplimiento. Para más detalles, se sugiere consultar la página oficial del SAT: www.sat.gob.mx
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