
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, negó este sábado que le haya sido conformada la detención del ex gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles, asegurando que ese tema no le compete.
Durante su intervención en una conferencia sobre los Programas del Bienestar en Irapuato, Guanajuato, la mandataria fue cuestionada sobre si ya le habían confirmado dicha detención. “No” se limitó a responder.
Al insistirle si serán investigados más exgobernadores, Sheinbaum puntualizó que “Es asunto de la Fiscalía General de la República”.
De acuerdo con reportes periodísticos, se dio a conocer que las autoridades mexicanas cuentan con una orden de aprehensión en contra del ex gobernador, además de seis exfuncionarios más. Esta información trascendió luego de que se diera a conocer que Carlos Maldonado Mendoza, exsecretario de Administración y Finanzas del gobierno de Michoacán fue detenido en Miami.
Otros dos funcionarios de la administración de Aureoles, quien gobernó el estado de Michoacán del 2015 al 2021, también fueron presuntamente apresados: se trata de Mario Delgado Murillo, delegado administrativo y Elizabeth Villegas Pineda, exfuncionaria de la Secretaría de Seguridad Pública del estado.

Dicha supuesta orden de aprehensión es por los delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa. El peculado es un delito que implica el uso indebido de recursos públicos o bienes por parte de un funcionario para beneficio propio o de terceros. Este acto constituye una violación a la gestión honrada de los fondos públicos y es considerado un delito grave.
Hasta el momento, ni las autoridades de Michoacán, ni la FGR se ha pronunciado al respecto de esta información.
¿Cuál es el castigo por peculado en México?
El Código Penal Federal de México, en su artículo 223, establece que comete peculado el servidor público que, para beneficio propio o de terceros, distraiga recursos estatales de su objetivo.
De acuerdo con lo señalado con la legislación mexicana, al que cometa el delito de peculado se le impondrán las siguientes sanciones:

- Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
- Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.
- Cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones federales para los fines de seguridad pública se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en los párrafos anteriores.
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