
La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una opción que brinda a los trabajadores la posibilidad de aumentar las aportaciones a su fondo de retiro para incrementar el monto de su pensión. Este esquema, conocido oficialmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite que los asegurados sigan realizando aportaciones bajo ciertos requisitos, incluso después de haber dejado de trabajar.
Este programa es particularmente atractivo para quienes buscan incrementar la cantidad que recibirán al retirarse bajo la Ley del Seguro Social de 1973, ya que el cálculo de la pensión se basa en el promedio del salario y el número total de semanas cotizadas.
La Modalidad 40 del IMSS permite a los inscritos incrementar su salario base de cotización al aportar con un monto mayor al que percibían en su último empleo, lo que eleva el valor de su pensión. Además, brinda la posibilidad de acumular más semanas cotizadas, lo cual resulta esencial para obtener una pensión más alta.
Cabe señalar que la Modalidad 40 se enfoca únicamente en la conservación de derechos pensionarios, es decir, no incluye otros beneficios como servicios médicos. Los inscritos están obligados a realizar los pagos correspondientes de manera mensual, según el salario que eligieron como base para cotizar.

En enero de 2025 entrará en vigor una actualización significativa en las reglas de cotización para quienes opten por la Modalidad 40. Este ajuste implica que el porcentaje aplicado sobre dicho salario será del 13.347 por ciento.
¿Quiénes pueden inscribirse a la Modalidad 40?
Para inscribirse, el interesado debe cumplir con una condición clave: tener al menos 52 semanas de cotización en los últimos cinco años previos a su baja ante el IMSS. Además, la solicitud debe realizarse dentro de un periodo de cinco años luego de haber dado de baja su relación laboral en una empresa.
Así puedes inscribirte en la Modalidad 40 del IMSS
Ya puedes inscribirte en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio realizando el trámite vía internet. Solo debes tomar en cuenta los siguientes puntos:
- Tener a la mano el CURP
- Contar con un correo
- Seguir las instrucciones para iniciar el trámite digitalizado
También llevarse a cabo directamente en las ventanillas del IMSS presentado los siguientes papeles.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.

Documentos en subdelegación
- Identificación oficial vigente. Original y 1 copia.
- Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y 1 copia.
- Comprobante de domicilio. Original y 1 copia.
Esta modalidad es ideal para quienes prevén un retiro bajo condiciones ventajosas con la Ley de 1973. Sin embargo, quienes cotizan bajo la Ley del Seguro Social de 1997 deben evaluar alternativas, ya que la Modalidad 40 no impactará significativamente en el saldo de la cuenta individual.
Más Noticias
¿En el desayuno o la merienda? La mejor hora para tomar café, según la ciencia
El consumo de cafeína en un horario inadecuado podría ser adverso, lo que podría provocar diversos daños a la salud

Eleazar Gómez arremete contra Kim Shantal en La Granja VIP
El actor reprobó la manera en que estaría jugando el Team Cacaraqueo

Cómo preparar atole de piñón, una bebida especial para esta temporada de frío
Esta preparación es perfecta para acompañar con tamales, pan o galletas

Senado aprueba en lo general y lo particular la Ley de Aguas
Sigue las actualizaciones en vivo de la discusión del dictamen de la iniciativa de reformas a la Ley de Aguas Nacionales y de la que expide la Ley General de Aguas

El Senado aprueba la nueva Ley General de Aguas y reforma la Ley de Aguas Nacionales, envía al Ejecutivo Federal
Con 85 votos a favor y 36 en contra se aprobó el decreto para expedir la Ley General de Aguas y modificar la Ley de Aguas Nacionales


