
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de los artículos del Código Penal que sancionaban el aborto en el estado de Chihuahua.
El Pleno de la Corte determinó por unanimidad, y con efectos generales, que los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal estatal quedarán sin efecto.
Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro ponente, recordó que en octubre de 2023 la Primera Sala declaró inconstitucionales los artículos cuando una mujer ganó un amparo.
El ministro aseguró que los artículos señalados obligan a las mujeres a ser madres, ya que atentan con su derecho al bienestar físico, mental y social.
“Además, en lugar de ofrecérseles las medidas para su plena realización, lo impiden totalmente. Asimismo, la Primera Sala consideró que las medidas contenidas en los requisitos legales de referencia podrían ocasionar que las mujeres y personas que están antes que quieran interrumpir su embarazo tengan que hacerlo en condiciones inapropiadas”, comentó.
Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso local de Chihuahua tiene un plazo de 90 días para legislar en la materia y adecuar el marco normativo estatal conforme a la resolución.
Esta decisión también tendrá efectos retroactivos en beneficio de las mujeres y de las personas gestantes que estén siendo investigadas, procesadas o hayan sido condenadas por este delito.
Además, beneficiará a los médicos y personal de salud que se encuentren en proceso de investigación, procesados o condenados por realizar esta práctica, siempre que hayan tenido el consentimiento de quien se lo realizaría.
Abortistas Mx celebran la decisión

Diversas sociedades civiles emitieron un comunicado en el que celebraron la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con lo que los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal estatal.
“Con esta decisión los artículos quedan sin efectos y ninguna autoridad del estado podrá aplicarlos para negar servicios de aborto o criminalizar a una persona por abortar”, detalló Abortistas Mx, Marea Verde, entre otros.
Además, detalló que esta decisión complementa las sentencias de amparo que fueron dictadas por diversos tribunales Colegiados en Chihuahua y que se anunciaron el 27 de mayo de 2024, las cuales ordenaron a la Secretaría de Salud del Estado que se proporcione el servicio de aborto voluntario a la población en general que lo requiera sin necesidad de un juicio de amparo previo.
Cabe recordar que el último estado en despenalizar el aborto en México fue Nayarit, lo cual fue aprobado el pasado 25 de enero por el Congreso estatal hasta la semana 12 de gestación.
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