
A una semana de que se realicen las elecciones en México, las personas que vendan su voto podrían hacerse acreedoras a una multa económica y/o hasta pasar un tiempo en prisión.
Y es que esta acción, aun realizada previo a días de la votación, es considerada un delito por la Ley General en Materia de Delitos Electorales en su artículo 7, en el que se establece que se impondrá una multa, a quien:
“Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma”.
La multa a imponerse sería de 50 a 100 días y prisión de seis meses a tres años, lo que equivaldría aproximadamente entre 5 mil 187 a 10 mil 374 pesos de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este año.
En caso de que la acción sea realizada por un funcionario público, se aumentará hasta un tercio de la pena.
“Si la conducta especificada en el párrafo anterior es cometida por un integrante de un organismo de la seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo”, se lee en la legislación.
Mientras que el Código Penal Federal señala en su artículo 403 que será multado quien mediante amenaza o dádiva comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato.
“Obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto, o bien que, mediante amenaza o promesa de paga o dádiva, comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato”.
La legislación establece de diez a cien días de multa a los posibles infractores, lo representa alrededor de entre 1 mil 37 a 10 mil 374 pesos. A esto se suma una sanción de seis meses a tres años de prisión.

Será el domingo 2 de junio cuando a nivel federal se elija a la persona que ocupará la Presidencia de la República, 500 integrantes de la Cámara de Diputadas y 128 miembros del Senado.
En nueve estados se elegirá a quienes ocuparán las gubernaturas de Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Puebla, Morelos, Veracruz, Tabasco, Yucatán y Ciudad de México.
Además se desarrollarán las elecciones para Congresos Locales, Ayuntamientos, Juntas Municipales y Alcaldías. En total se elegirán más de 19 mil cargos.
¿Qué hacer si eres testigo de un delito electoral?
Las personas que sean testigos de un delito electoral durante el actual proceso, pueden comunicarse a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) al número telefónico 800 833 72 33, disponible las 24 horas del día de forma gratuita.
A través de este número, personal autorizado brindará asesoría legal para presentar la denuncia. Para ello, se deberá proporcionar información como nombre, entidad federativa, número telefónico, edad, nivel educativo y ocupación.
Además, es necesario tener a la mano detalles como la hora, fecha, lugar y nombres de los responsables, y hacer una breve descripción de lo ocurrido. Si se tienen fotos, audios o videos, se pueden presentar como evidencia.
Esta es la diferencia entre una multa y una infracción
Los términos “multa” e “infracción” son comúnmente utilizados en el ámbito legal y administrativo, pero tienen significados distintos y aplicaciones específicas.
Una infracción es una acción u omisión que viola una norma establecida en un ordenamiento jurídico, ya sea en el ámbito administrativo, civil o de tránsito. Estas no constituyen delitos, sino faltas menores que ameritan sanciones menos severas.
Mientras que la multa es una sanción económica impuesta como consecuencia de cometer una infracción. Es uno de los tipos de sanción más comunes y consiste en una cantidad de dinero que el infractor debe pagar al Estado.
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