
El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.
Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.
PUBLICIDAD
“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.
“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.
PUBLICIDAD
Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.
¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?
De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.
PUBLICIDAD
Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.
PUBLICIDAD
En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.
¿Los padres de familia podrán ser sancionados?
Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.
PUBLICIDAD
De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.
¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?
Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.
PUBLICIDAD
Activistas y políticos celebran prohibición
Patricia Mercado, senadora de Movimiento Ciudadano y una de las legisladoras que impulsaron la discusión de la iniciativa, fue de las primeras en celebrar la aprobación de la reforma, reconociendo el trabajo de la organización Yaaj México, dedicada a promover y defender los derechos de la comunidad LGBT+.
“Están prohibidos en México los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género #ECOSIG, mal llamadas “terapias de conversión”. Nos costó casi seis años hasta ser el último dictamen en aprobarse en este periodo ordinario final de la LXV Legislatura, gracias a la persistencia de la sociedad civil a través de @YaajMexico y @genarolozano, así como de quienes promovimos la iniciativa y las legisladoras y legisladores aliados que fuimos sumando”, escribió en su cuenta de Twitter.
PUBLICIDAD

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Estas serían las razones por las que Fernando Yael “N” habría desaparecido a su madre en la CDMX
La Fiscalía capitalina investiga a Fernando “N”, detenido por la desaparición de su madre, Teresa Guadalupe Molina Hernández; las indagatorias apuntan a una discusión por estas razones

Metrobús CDMX: estaciones sin servicio en esta última hora del 8 de mayo
Este medio de transporte cuenta con más de 22 millones de usuarios al año, a los que mueve a través de sus siete líneas

Mario Delgado contradice a Sheinbaum: insiste en que las clases concluyen el 5 de junio por Mundial 2026
El pasado 7 de mayo la SEP anunció que el ciclo escolar 2025-2026 terminaría antes de lo previsto

¿Cuánto cuesta celebrar el 10 de mayo en 2026?
Aunque para muchas madres el mejor regalo es estar en compañía de sus seres queridos, un regalo nunca está de más

¿Escuelas privadas también adelantarán vacaciones? Esto dice la SEP sobre el ciclo escolar 2025-2026
Aunque las escuelas públicas sí dependerán del calendario oficial, las instituciones privadas tendrían margen legal para mantener clases y actividades académicas

