
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) eliminar o modificar una de sus conferencias de prensa matutinas, mejor conocidas como mañaneras.
De acuerdo con el órgano electoral, las declaraciones del mandatario federal en la mañanera del pasado 22 de abril pudieron vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del proceso electoral en curso.
En ese sentido, por decisión la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, el jefe del Ejecutivo tendrá que borrar los archivos de la mencionada conferencia o hacer las modificaciones pertinentes.
Lo anterior en respuesta a una queja interpuesta por los partidos Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD), mismos que señalaron también vulneración de los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la mañanera del 18 de abril, aunque en ese caso su reporte fue declarado improcedente.

El cumplimiento de la orden deberá ser vigilado por la Consejería Jurídica, la Coordinación General de Comunicación Social, la Vocería del Gobierno de la República y el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales.
Sumado a ello, el INE recordó a López Obrador la importancia de que se abstenga de hacer declaraciones sobre asuntos de índole electoral.
“La Comisión también consideró oportuno reiterar al Ejecutivo Federal abstenerse de hacer manifestaciones, comentarios o señalamientos sobre temas electorales en cualquier formato o modalidad, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad”, señaló el INE en un comunicado emitido este 26 de abril.
En ocasiones previas en las que el INE hizo esta petición, el mandatario federal acusó a los consejeros electorales de convertirse en una especie de “inquisición”.
INE no suspenderá difusión de conferencias de prensa de AMLO
Además de dar respuesta a las quejas interpuestas por PAN y PRD en relación a dos emisiones de las mañaneras de AMLO, el INE desechó la posibilidad de frenar la difusión de las conferencias de prensa.
El órgano electoral determinó que es necesario analizar cada caso en particular antes de decidir ordenar que se elimine o modifique cualquiera de las mañaneras.

“Es improcedente suspender la difusión de las conferencias ya que, para determinar el retiro, modificación o eliminación es necesario analizar las particularidades de cada una, tal y como resolvió la Sala Superior del Tribunal”, se pudo leer en el desplegado.
Fue el pasado 24 de abril que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desestimó la petición de suspender las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador durante el periodo restante del proceso electoral actual. Esta decisión fue tomada de manera unánime, afirmando la determinación previa del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que rechazó la solicitud de interrupción de estas conferencias.
El rechazo a la suspensión había sido impugnado por los partidos Institucional Revolucionario (PRI) y PRD, quienes argumentaron que su solicitud no fue considerada de forma detallada, tomando en cuenta el contexto y la integridad electoral.
En este contexto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña señaló que las conferencias matutinas, por sí mismas, no constituyen una violación legal y por ello no procede una orden de suspensión general.
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