
Si está por poner un puesto en un tianguis, mercado sobre ruedas y/o bazar en alguna de las calles de la Ciudad de México, debes saber que necesitas tramitar un permiso y cumplir con el pago de una cuota.
El trámite puede realizarlo en línea cualquier persona física o moral, pública o privada de nacionalidad mexicana.
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¿Cuánto cuesta poner un puesto?
El Código Fiscal de la Ciudad de México en su artículo 304 establece que los comerciantes en vía pública, con puestos semifijos, ubicados a más de 200 metros de los Mercados Públicos, puedan ocupar una superficie de 1.80 por 1.20 metros o menos.
Mientras que los comerciantes en tianguis, mercado sobre ruedas y bazares pueden ocupar una superficie máxima de seis metros cuadrados, siempre que cuenten con permiso vigente expedido por las demarcaciones territoriales.
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La cuota varía en función de si se trata de puestos semifijos o fijos.
Por ejemplo, el costo para un puesto semifijo de 1.80 por 1.20 metros, o menos, incluyendo los de tianguis, mercados sobre ruedas y bazares es de 13 pesos.
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Las cuotas de los puestos fijos que se encuentren autorizados y que cumplan la normatividad vigente de conformidad con el Reglamento de Mercados, no podrán ser superiores a 74 pesos por día, ni inferiores a 38 pesos por día de ocupación.
Lo anterior, dependiendo de la ubicación del área ocupada para estas actividades.
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El Código contempla los siguientes giros comerciales para la disposición anterior, son:
- Alimentos y Bebidas preparadas.
- Artículos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y muebles.
- Accesorios para automóviles.
- Discos y casetes de audio y video.
- Joyería y relojería.
- Ropa y calzado.
- Artículos de ferretería y tlapalería.
- Aceites, lubricantes y aditivos para vehículos automotores.
- Accesorios de vestir, perfumes, artículos de bisutería, cosméticos y similares.
- Telas y mercería.
- Accesorios para el hogar.
- Juguetes.
- Dulces y refrescos.
- Artículos deportivos.
- Productos naturistas.

- Artículos esotéricos y religiosos.
- Alimentos naturales.
- Abarrotes.
- Artículos de papelería y escritorio.
- Artesanías.
- Instrumentos musicales.
- Alimento y accesorios para animales.
- Plantas y ornato y accesorios.
- Los giros de libros nuevos, libros usados, cuadros, cromos y pinturas, como promotores de cultura, quedan exentos de pago.

¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos que se necesitan para solicitar el permiso son:
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1. Documentos de identificación oficial
- Credencial para votar - original y copia simple
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- Clave Única de Registro de Población (CURP) - original y copia simple
2. Comprobante de domicilio
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- Boleta del servicio de agua - original y copia simple
- Recibo de servicio de luz o boleto de impuesto predial - original y copia simple
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3. Formato de solicitud TSPDRVP_PEC_1, llenado y firmado.
4. Una vez aceptada la solicitud, comprobante de pago de derechos - original y copia
Para realizar el trámite de manera presencial se deberá:
1. Ingresa la solicitud en la Subsecretaría de Programas Delegacionales y Reordenamiento en la Vía Pública.
2. Recibir la solicitud, asignar número de folio e informa fecha aproximada en la que se le citará para cotejar la documentación original.
3. Acudir con la documentación requerida.
4. Coteja la información y en caso de que la respuesta sea afirmativa indica monto a pagar.
5. Regresar con su recibo de pago y recibir gafete.
El gobierno de la Ciudad de México precisó que solo se otorgará un permiso por persona y será de uso exclusivo del autorizado.
Además, señaló que el solicitante no puede ser a la vez comerciante establecido, ni locatario de un mercado, ni propietario, arrendatario o usufructuario de cualquier local en plazas, corredores, bazares o planchas comerciales.
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