
En México el derecho a huelga es algo que está legislado, por lo tanto, en caso de querer ser participe de alguna, no debes temer por represalias.
De las huelgas se sabe cuándo inician, pero no cuándo terminan. Es un derecho establecido en el artículo 28 de la Constitución.
¿Qué dice la Constitución?
La regulación de las huelgas en México se encuentra en el artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que define las condiciones bajo las cuales una huelga se considera legalmente existente y establece los objetivos a perseguir.
La LFT establece que una huelga se considera legalmente existente si es realizada por la mayoría de los trabajadores de la empresa y persigue objetivos específicos, como conseguir el equilibrio entre los factores de la producción, revisar contratos colectivos de trabajo, exigir el cumplimiento de disposiciones legales sobre participación de utilidades, entre otros.g
Tus derechos
Enfrentar una situación de conflicto laboral puede generar preocupación y dudas sobre las consecuencias o repercusiones que se puedan tener en el empleo, razón por la que se debe estar informado y conocer lo siguiente en caso de participar en una huelga.
- Derecho a huelga. Es un derecho básico fundamental establecido en el 28 constitucional y artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que no hay que temer a represalias por participar.
- Suspensión del contrato colectivo. Durante el periodo de huelga el contrato colectivo se suspende conforme a lo establecido en el 45 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, no estas obligado a trabajar durante la huelga, pero el empleador no tiene obligación de remunerarte el tiempo no trabajado.
- Descuento de nómina. Durante el periodo de conflicto, el patrón o empleador está en su derecho de descontar nominalmente el tiempo dedicado a la huelga, lo que quiere decir, que te pagan en proporción a lo que labores.
- Ausencia laboral justificada. La ausencia laboral durante una huelga legal esta justificada, lo que significa que no puedes ser sancionado o penalizado por ejercer tu derecho, así lo estipula el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
- Cesado por participar en huelga. En caso de ser despedido por participar en una huelga legal, cabe señalar que tal situación no procede y el empleador está obligado a reincorporarte de inmediato y compensarte los salarios no percibidos.

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