
El 31 de diciembre del 2023 culminó en domingo, por lo tanto acabó el año, el mes, la semana y el día al mismo tiempo, por lo que el 2024 comenzó desde cero.
Aunado a lo anterior, cabe destacar que el 2024 es año bisiesto, es decir, febrero tendrá 29 días, situación que ocurre cada cuatro años.
¿Año bisiesto?
Se refiere a una anomalía del calendario, que se explica por el hecho de que la Tierra no tarda 365 días en dar la vuelta al Sol, dicho giro no es exacto, tarda 365 días, 5 horas, 48 minutos y 46 segundos. Estas cinco horas y pico se redondean a seis las cuales se van acumulando y cada cuatro años se suman al calendario, de modo que forman un nuevo día (24 horas).
Se agrega al mes de febrero, porque es el que tiene menos días que los demás, pasa a tener un día más, acabando así en el 29 de febrero. Probabilísticamente las posibilidades de nacer el 29 de febrero es de 1 entre 1.461, según indica la Sociedad Honoraria de los Nacidos en Día Bisiesto.
Conflictos por la fecha
De manera informal aquellos que nacieron un 29 de febrero podrán celebrar su cumpleaños en la fecha exacta (año bisiesto), cada cuatro años, el resto de los años años podrán celebrarlo el 28 de febrero o el 1 de marzo, según lo deseen.
Sin embargo, para la obtención de documentos oficiales o la realización de otros trámites como actas de nacimiento, credenciales, vigencias ante dependencias de salud, entre otros, quienes nacen en año bisiesto tienden a enfrentar problemas porque los sistemas NO reconocen esa fecha. Por ello, en diferentes estados de la República se recomiendan dos opciones:
- Registrarse el 28 de febrero.
- Registrarse como nacido el 1 de marzo.

¿Pagarán el día?
En caso de estarse preguntando si van a recibir dinerito extra por trabajar ese día, la respuesta es NO, ya que el cálculo del salario es con base al mes y no en los días trabajados, por tanto, cada quincena se recibirá la misma cantidad. Lo mismo ocurrirá en el mes de febrero, se pagará el periodo quincenal completo, sin importar si se trabajaron 13, 14 o 15 días; aplica la misma lógica en el pago es mensual, al colaborador le pagarán el mes, ya sea que haya laborado 28, 29, 30 o 31 días.

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