
Durante la temporada decembrina se lleva a cabo la rifa anual del Sorteo Gordo de Lotería Nacional, la cual se realizará el próximo 24 de diciembre de 2023 y participarán 80 billetes para tener la oportunidad de ganar uno de los 16 mil 722 premios en 4 series por un total de 430 millones 259 mil pesos.
En este y el resto de los sorteos los participantes tienen la oportunidad de ganarse el premio gordo de la lotería, aquella o aquellas personas que resulten ganadores deberán tener en cuenta que también adquirirán una serie de obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual es el órgano perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el cual se encarga de la recaudación de impuestos, uno de los temas principales al momento de cobrar los recursos económicos de la rifa.
Cabe mencionar que los gravámenes aplicables por las ganancias en sorteos como lo es la Lotería Nacional que tienen que pagar los ganadores, están establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual define en su Artículo 137 en el capítulo VII los ingresos por la obtención de premios como los que deriven de la celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y todo tipo de concursos que hayan sido autorizados de manera legal.

Según los términos expuestos en el capítulo anteriormente mencionado, se considera como un ingreso de esta índole aquellos en que la misma persona que otorga el premio hace las retenciones del ISR por cuenta del contribuyente premiado, además, aclara que no se toma en consideración como premio al reintegro correspondiente al billete con el que se participó en el sorteo.
El artículo 138 de la Ley del ISR dicta que cuando se organicen loterías, sorteos, rifas o concursos dentro del territorio nacional, el impuesto a aplicar corresponderá al 1% del valor del premio según cada boleto o billete entero que se haya adquirido y sin la posibilidad de hacer deducciones.
Lo anterior aplica cuando la entidad federativa en cuestión no se grave con más del 6% sobre el monto del premio, mientras que los estados en los que se rebase dicho límite, se cobrará el 21% del total de los ingresos.

Aquellas apuestas o juegos que se celebren en el país, se cobrará el ISR de acuerdo con una tasa del 1% sobre el valor total de la cantidad de la cantidad de recursos que se reparte entre todos los boletos que hayan resultado ganadores.
Dicho impuesto deberá ser retenido por quienes efectúen los pagos de la recompensa y se considerará como pago definitivo cuando el receptor lo declare ante el SAT. Finalmente, las personas físicas que no hagan su declaración de impuestos, no podrán considerar la retención como pago final, por lo tanto, a la cuenta se sumarán los demás ingresos acumulados, pero deberá hacer su Declaración Anual de Impuestos al SAT, esto con el fin de acreditar que al momento de cobrar el premio ya se había efectuado la retención.
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