Bienestar confirma segunda entrega de apoyo a afectados por el huracán Otis; estas son las fechas

La dependencia difundió el calendario oficial para que los afectados por e fenómeno natural reciban apoyo

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Bienestar entregará ayuda a damnificados
Bienestar entregará ayuda a damnificados por el huracán Otis. (ALEXANDRE MENEGHINI)

El pasado 25 de octubre del presente año, un huracán de categoría 5 denominado Otis por las autoridades meteorológicas, tocó tierra en la Costa Grande de Guerrero dejando a su paso devastación en la zona turística de Acapulco y Coyuca de Benítez debido a que el fenómeno natural registró vientos de hasta 260 kilómetros por hora.

Los daños a una de las zonas turísticas más importantes del país fueron motivo para que las autoridades federales y estatales no solo realizaran un censo a modo de evaluar los daños, sino que a su vez se urgió a limpiar el puerto para que la economía del lugar no se viera afectada, especialmente ante la proximidad de la temporada decembrina. Al tiempo, también se realizó la entrega de apoyos a los ciudadanos afectados quedando algunos más pendientes, los cuales ya tienen una fecha oficial para recibir la ayuda necesaria.

La Secretaria del Bienestar encabezada por Ariadna Montiel informó a través de las redes sociales que se llevaría a cabo una segunda entrega de apoyos a los afectados por el huracán Otis. Para ello, se deberá respetar el calendario considerado por la dependencia pues solo de esta manera se hará más ágil a entrega.

Daños generados por el huracán
Daños generados por el huracán Otis (AP Foto/Marco Ugarte)

Así será la entrega de apoyos a los damnificados por el huracán Otis

Con base a lo expuesto por la funcionaria, se trata dela segunda fecha de entrega de los apoyos dirigida a los residentes de Acapulco y Coyuca de Benítez quienes perdieron su patrimonio tras el paso del huracán.

La misma será con base a la inicial del apellido paterno quedando de esta forma:

  • Miércoles 20 de diciembre: A, B
  • Jueves 21 de diciembre: C
  • Viernes 22 de diciembre: D, E, F
  • Sábado 23 de diciembre: G
  • Domingo 24 de diciembre: H, I, J, K, L
  • Martes 26 de diciembre: M
  • Miércoles 27 de diciembre: N, Ñ, O, P, Q
  • Jueves 28 de diciembre: R
  • Viernes 29 de diciembre: S
  • Sábado 30 de diciembre: T, U, V, W, X, Y, Z
  • Domingo 31 de diciembre: Todas las letras que no hayan recogido el apoyo

Los ciudadanos que recibirán el apoyo que entrega la Secretaría del Bienestar por segunda ocasión consta de un apoyo económico por 8 mil pesos, los cuales se recomienda sean empleados para realizar la limpieza de los hogares tras el paso del temporal. Cabe destacar que, con base al censo realizado por servidores de la nación, el huracán Otis dejó a un total de 274 mil 502 viviendas afectadas y 47 mil 627 locales con algún daño, dando pie a que tanto los inmuebles sean inhabitables como los comercios carentes de la infraestructura y mercancía para generar recursos.

Cómo recibir el apoyo

Para poder acudir a recoger el apoyo económico, se debe ingresar a la plataforma https://gob.mx/bienestar y con ello, proporcionar la Clave Única de Registro de Población (CURP). El sistema arrojará la ubicación del módulo más cercano. Del mismo modo, Ariadna Montiel remarcó que los beneficiarios deberán estar a pendiente de su teléfono celular pues se enviará un mensaje de texto a modo de conocer la información de manera puntual.

La Secretaría del Bienestar confirmó
La Secretaría del Bienestar confirmó una segunda entrega de apoyos a damnificados 4. Crédito X @A_MontielR

En cuanto a los requisitos para que se pueda recibir el apoyo económico antes descrito, la funcionaria remarcó que fue necesario entregar esta documentación para ser considerados en esta ronda de apoyos. Al momento, se desconocen las fechas exactas de la tercera ronda de entrega de apoyos, por lo que se recomienda acercarse a un servidor de la nación en caso de tener dudas.

  • Tener un plan de trabajo
  • Fotografías del avance de la reconstrucción de la vivienda o local
  • Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble censado
  • Identificación oficial con fotografía en original y copia
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)