
Cada mes de septiembre, las autoridades mexicanas remarcan que se puede hacer un testamento con grandes descuentos. Si bien el tema de planear a quién dejarle los bienes cuando ya pasemos al otro plano es poco abordado en México pues se considera que puede ser un presagio de muerte, en realidad se trata de una manera de dar tranquilidad a los familiares y con ello, no dejar el patrimonio a la deriva; sin embargo, hay otro tema que también es poco tratado y este es qué hacer para desheredar a un familiar en caso de ser esta la voluntad.
De acuerdo con lo expuesto por el Gobierno de México, todas las personas pueden hacer un testamento, incluso en el caso de entidades como Chihuahua, Coahuila, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala, se puede emitir este documento desde los 14 años de edad, en el caso de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, se puede hacer desde los 16 años de edad.
En el caso de Jalisco y Michoacán, basta hacer mención, será necesario esperar a que se cumpla la mayoría de edad para poder contar común documento de este tipo. Sobre qué se puede heredar, las autoridades han mencionado que si la persona interesada cuenta con un bien en especial, es recomendable que se cuente con precisión de qué se trata para evitar anomalías; no obstante, todo se puede heredar y estos bienes pasaran a manos de la persona que se eligió únicamente hasta que quien redacta el mismo fallece, no antes.

¿Se puede desheredar a alguien?
Cuando ya se cuenta con un testamento, documento que es importante remarcar, nos da tranquilidad al momento de que una persona muera, las autoridades se encargarán de detallar qué bienes o recursos materiales pasan a manos de familiares, ya sea directos o conyugues, todo con base a la voluntad del occiso. En caso de no tener este documento, se habla de bienes intestados que, con el fin de determinar quiénes serán los nuevos dueños, requerirá de un juicio.
Si por el contrario la persona que hizo el testamento cambia de opinión, entonces podrá sacar a esa o esas personas del mismo, es decir, se estaría desheredando a un familiar por los motivos que se decidan, ya sea por abandono, capricho o simplemente porque ya no se posee algo que pasar a otras manos.

La manera de “desheredar” a alguien es acudiendo ante un notario público para manifestar que se desea cambiar lo estipulado en el testamento, por lo que la persona en cuestión se encargará de preparar el instrumento necesario para dictar uno nuevo.
Para dar más tranquilidad, no solo a los deudos sino también a quien redacta el testamento, se considera que éste es auto revocable y modificable, por lo que no hay un número específico para definir cómo se reparten los bienes pero hay que considerar que será el último el que se tomará como ilegal.
Por ahora, no es posible desheredar a una persona como tal, ya que las leyes tomarán en cuenta el testamento tal cual el occiso dispuso de él y solo en caso de haber juicios por bienes intestados, los familiares podrán abogar por ellos, por lo que se entiende como “sacar de una herencia” a alguien cuando el finado optó por no entregarle ningún bien adquirido en vida.
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