
El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió a Geraldine Ponce, presidenta municipal de Tepic, Nayarit, así como al diputado federal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Ildefonso Guajardo, por haber violado la veda electoral durante el periodo electoral este 2023.
Los funcionario publicaron en sus respectivas redes sociales encuestas de salida a favor de Delfina Gómez Álvarez y de Alejandra del Moral Vela, candidatas a la gubernatura de Morena y de la coalición Va por el Estado de México, respectivamente.
El legislador priista publicó un video en el que afirmó que las encuestas de salida daban resultados “muy positivos” a favor de la representante de la coalición Va por el Estado de México, especialmente que estaba tres o cuatro puntos arriba de su contrincante.

En su mensaje, el legislador refirió existía un 30% de “no respuesta” por lo que argumentó que a las personas les da miedo decir por quién votaron, por lo que apuntó que el miedo está dedicado a quien esté en el poder no en el ámbito local, sino en el poder estatal.
“Estamos viendo encuestas de salida muy favorables que están, realmente, llevando a la realidad esto. 3-4 puntos arriba nuestra candidata en muchas encuestas de salida, en las que no va arriba, por dos puntos, hay 30% de no respuesta, lo que quiere decir que a la gente le da miedo decir por quien votó y, generalmente, el miedo es dedicado a quien esté en el poder, pero en el poder nacional, no en el poder estatal”, explicó en la grabación.
Mientras tanto, la alcaldesa de Tepic en su cuenta de Twitter compartió un mensaje en donde compartió una encuestas de salida de Massive Caller, cuando la contienda electoral aún estaba en juego y las casillas aún no cerraban.
“Así va la tendencia en el Estado de México, Delfina Gómez arriba con un amplio margen, según la prestigiada casa encuestadora Massive Caller en su exit poll”, redactó.

No obstante, el Instituto Nacional Electoral respondió a los dos personajes con una captura de pantalla de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, específicamente en el artículo 7 que índica cuáles pueden ser las posibles consecuencias de sus actos.
“Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien: durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre oficial de las casillas que se encuentran en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos”, se pudo leer.
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