
Como cada año, algunas personas están obligadas a presentar su declaración anual de impuestos, procedimiento que deberán de considerar durante el mes de abril para evitar problemas futuros con el fisco como es el caso del pago de multas.
La buena noticia es que durante la declaración se pueden presentar deducciones personales, es decir, gastos que como contribuyente tiene derecho a disminuir de sus ingresos y recibir un saldo a favor.
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Es decir, los ciudadanos que cuenten con los comprobantes fiscales como facturas, para poder aplicar esta reducción, deberán presentarlas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De acuerdo con la autoridad fiscal, las personas físicas podrán considerar deducir gastos generales como salud, pagos escolares de sus hijos, entre otros.
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¿Qué puedo deducir?
*Gastos médicos
-Honorarios médicos
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-Dentista, tratamientos y consultas
-Servicios de psicología y nutrición
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-Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
-Gastos hospitalarios
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-Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)
-Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
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-Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
-Honorarios a enfermeras
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-Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de aproximado de 2 mil 500), en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre y cuando se describan las características de los lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista y se tenga el comprobante correspondiente para cada beneficiario
*Gastos funerarios
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En este caso, son deducibles los gastos de funerales que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 35 mil 101.
También podrá deducir los pagos realizados para usted, su cónyuge o concubino (a), así como para padres, abuelos, hijos y nietos. Sin embargo, esta oportunidad aplicará solo si sus familiares antes mencionados no perciben ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 35 mil 101.
*Gastos educativos
La cantidad pagada que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas, no deberá exceder por cada uno de los alumnos los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:
Preescolar: 14 mil 200 pesos
Primaria: 12 mil 900 pesos
Secundaria: 19 mil 900 pesos
Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500
Será necesario recordar que los servicios educativos que podrán considerarse deberán tener autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Podrá consultarlo aquí

*Aportaciones complementarias
-Serán consideradas las de retiro y voluntarias realizadas directamente en su subcuenta de vivienda, siempre que cumpla con los requisitos de permanencia
-Además el monto de aportaciones que podrá deducir en su declaración, es el que resulte menor entre 10% de su ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a 175 mil 505.
-Son deducibles las aportaciones que serán destinadas exclusivamente para ser utilizadas cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social.
*Donativos
-Aquellos donativos no onerosos que se otorguen a instituciones autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación
*Primas de seguros de gastos médicos
-También podrán ser deducibles para el contribuyente, cónyuge, concubina, ascendiente o descendiente de la línea recta.
*Gastos de transporte escolar
*Gastos de créditos hipotecarios
*Cuentas especiales y personales para el ahorro
El fisco recordó que aquellos contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza durante el ejercicio 2022, no podrán aplicar deducciones personales, según la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Para más información sobre las deducciones personales podrá consultar el siguiente enlace. Aquí
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