
Millones de personas se encuentran incorporadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en gran parte del país, lo que da accesibilidad a diversas ventajas como contar con una atención médica en las clínicas del país. Sin embargo, si por alguna razón un trabajador se queda sin empleo, éste contará con cierto período para no perder sus beneficios.
¿En cuánto tiempo me dará de baja el IMSS si me quedo sin empleo?
De acuerdo con el organismo, aún cuentan con un plazo extra después de quedar sin trabajo, siempre y cuando se encuentre cotizando ante el IMSS de forma adecuada. Además, existe una forma de verificar su situación actual y constante de forma fácil y segura.
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Es decir, si un asegurado cubrió de manera ininterrumpida un mínimo de ocho cotizaciones semanales antes de perder su trabajo, él y sus beneficiarios conservan el derecho a recibir asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria durante las ocho semanas posteriores a la baja del empleo.
Lo que quiere decir que un ciudadano tendrá hasta un plazo de 4 meses posteriores a la baja, para volver a incorporarse al instituto.
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Hay que recordar que, mientras se encuentre dado de alta en el IMSS, el trabajador tendrá una serie de beneficios como: atención médica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación para él y su familia.

Así como Guardería para el cuidado de sus hijos, prestaciones sociales (actividades recreativas y centros vacacionales) y pensiones en caso de invalidez o fallecimiento.
Para saber si se encuentra dado de alta en el IMSS, podrá solicitar una constancia de vigencia de derechos, documento donde se verá reflejada su incorporación, el número de semanas de cotización y los beneficiarios registrados.
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Para el trámite deberá tener a la mano los siguientes datos personales:
-Número de seguridad social.
-Clave Única de Registro de Población (CURP).
-Un correo electrónico personal
Una vez que haya realizado el proceso, el instituto enviará la constancia de vigencia de derechos al correo personal que otorgó.
En caso de seguir en baja después del periodo establecido para la conservación de derechos, tanto la persona que perdió su trabajo como sus beneficiarios podrán contratar el “Seguro de Salud para la Familia”.
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Sin embargo, tendrán que pagar una cuota por persona con el fin de conservar la protección de las prestaciones antes mencionadas del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
El seguro permitirá que los beneficiarios reciban atención médica sin restricciones ni tiempos de espera, siempre y cuando se contrate dentro de un periodo de 52 semanas a partir de la baja con el patrón que había asegurado ante el IMSS y se hayan cotizado previamente 52 semanas en un periodo de 5 años.
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En tanto, las personas trabajadoras independientes podrán optar por participar en la “Prueba Piloto para la incorporación voluntaria de personas trabajadoras independientes”, lo cual confiere la protección integral de los cinco seguros del Régimen Obligatorio. Para mayor información podrá dar click en el siguiente enlace. Aquí
Por su parte, Luisa María Alcalde Lujan, titular de la Secretaría del Trabajo, invitó a la población a seguir realizando la afiliación de los trabajadores del hogar ante el IMSS, pues ya fueron autorizados para acceder a los mismos derechos que el resto de la población.
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De acuerdo a las estadísticas, creció la preocupación en este rubro, pues de los 2.3 millones de trabajadores del hogar que se posicionaron en México, solamente 53 mil personas se encuentran registradas en el IMSS.
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