La Corte Suprema avaló la extradición a Rusia de una mujer acusada de financiar el terrorismo

El máximo tribunal confirmó un fallo de la justicia federal de Mar del Plata y descartó los planteos vinculados a la situación de sus hijos menores, al considerar suficientes las garantías ofrecidas por el Estado requirente

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La Corte Suprema dejó firme
La Corte Suprema dejó firme la extradición a Rusia de una mujer acusada de financiar al Estado Islámico y rechazó los planteos de la defensa y de los representantes de sus hijos menores (Foto NA: Hugo Villalobos)

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la extradición a la Federación de Rusia de una mujer acusada de haber hecho dos transferencias de dinero que, según la imputación extranjera, constituyeron actos de financiamiento del terrorismo en favor del Estado Islámico. El máximo tribunal descartó los planteos formulados por la defensa y por el representante de los hijos menores de edad de la requerida, tuvo por válidas las garantías ofrecidas por el Estado ruso y habilitó la continuidad del procedimiento para su eventual entrega.

El pronunciamiento convalidó la decisión dictada en octubre de 2021 por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Inchausti. En ese fallo, el magistrado había declarado procedente el pedido de extradición formulado por Rusia para someter a proceso a la ciudadana por dos conductas tipificadas en el artículo 205.1 del Código Penal ruso, que fija una pena de hasta diez años de prisión.

El inicio del proceso y la situación personal de la acusada

Iuliia Gilfanova nació en la ciudad de Nizhnekamsk, ubicada en la República de Tartaristán, una de las entidades que integran la Federación de Rusia, cuya población mayoritaria es de origen tártaro y de tradición musulmana. Según surge del expediente, ingresó a la Argentina en 2019 y, un año después, se presentó ante la Dirección Nacional de Migraciones en Mar del Plata acompañada por sus tres hijos menores de edad, con el objetivo de tramitar la residencia permanente.

Al cargarse sus datos en el sistema migratorio, se activó una alerta de difusión de Interpol asociada a un pedido de captura internacional emitido por autoridades rusas. A partir de esa notificación, la mujer fue detenida por la Policía Federal Argentina y quedó bajo la órbita de la justicia federal marplatense. Desde entonces permanece bajo arresto domiciliario, al cuidado de sus hijos.

La mujer fue detenida en
La mujer fue detenida en una oficina de Migraciones de Mar del Plata, tras activarse una alerta de Interpol vinculada a un pedido de captura emitido por Rusia

Al momento de la detención tenía 33 años. La hija mayor era una adolescente de 14 años, mientras que el menor era un bebé de pocos meses, nacido en territorio argentino, de acuerdo con las constancias incorporadas al expediente. El padre del hijo más pequeño reside en Egipto y no logró trasladarse a la Argentina debido a una serie de obstáculos vinculados con la obtención de la visa.

En rigor, el requerimiento de extradición cursado por Rusia denunció que la mujer, el 22 de octubre de 2014, “transfirió dinero a la cuenta de Suleimanov p/n Avalu por un monto de 59.700 rublos rusos desde su tarjeta bancaria con el fin de financiar actividades terroristas. Suleimanov, desde el 13 de mayo al 29 de diciembre de 2014, siendo miembro de la organización terrorista internacional ‘Estado Islámico’, organizó una recaudación de fondos por el monto de 4.928.415 rublos (aproximadamente 170.000 dólares estadounidenses) que fueron cobrados en Turquía con el fin de financiar actividades terroristas“.

También consignó: “Asimismo, Gilfanova, mientras residía fuera de Rusia en el período comprendido entre el 30 de noviembre de 2016 y el 6 de marzo de 2017, transfirió dinero desde su tarjeta bancaria por un monto de 31.744 rublos a Akhmedov p/n Parviz, que estaba en Egipto y era el líder de un grupo que organiza la recaudación de fondos entre seguidores del Islam radical en Rusia para las necesidades de los miembros del Estado Islámico, incluida la compra de pasajes aéreos para personas que desean unirse a grupos ilegales armados que operan en Siria“.

Durante el trámite judicial sustanciado en Argentina, la mujer se opuso a la extradición y solicitó asilo político, un pedido que quedó radicado ante las autoridades administrativas y que avanzó en paralelo al proceso judicial. La defensa cuestionó la competencia del Estado requirente, denunció una persecución por motivos religiosos y subrayó el impacto que una eventual extradición tendría sobre los menores a su cargo.

Según la imputación extranjera, Gilfanova
Según la imputación extranjera, Gilfanova está acusada de haber realizado dos transferencias bancarias que las autoridades rusas calificaron como actos de financiamiento del terrorismo

En julio de 2021, en el marco del proceso seguido en la Federación de Rusia, un tribunal de la República de Tartaristán resolvió privar a la mujer de la patria potestad sobre sus hijos mediante una decisión adoptada en ausencia. Ese antecedente fue incorporado al expediente argentino y utilizado por la defensa como uno de los pilares de su oposición al pedido de entrega.

Los fundamentos del fallo del máximo tribunal

Al abordar el caso a mediados de este mes, la Corte Suprema se expidió en primer lugar sobre la legitimación del Defensor Público de Menores para impugnar la sentencia que había declarado procedente la extradición. En ese tramo, recordó su doctrina según la cual “el niño no tiene una pretensión autónoma para oponerse a la declaración de procedencia de la extradición de su/s progenitor/es” y destacó que la existencia de hijos menores no configura una causal impeditiva de la entrega ni en el tratado bilateral con la Federación de Rusia ni en la ley argentina de cooperación internacional.

En línea con precedentes anteriores, el Máximo Tribunal recordó que la Convención sobre los Derechos del Niño admite la “separación entre padres e hijos” en supuestos de detención, encarcelamiento o exilio, y resolvió que el recurso interpuesto en representación de los menores había sido incorrectamente concedido. Sin embargo, puntualizó que las circunstancias de los menores debían ser puestas en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para su consideración en las etapas posteriores del procedimiento.

En cuanto a los agravios deducidos por la defensa de la mujer, la Corte desestimó los planteos sobre la falta de jurisdicción rusa, al entender que se trataba de un argumento ya examinado y respondido de manera fundada por el juez federal de primera instancia.

Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz también descartaron “las objeciones planteadas por la parte por las que, con sustento en jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictada en casos de denuncias contra la Federación de Rusia y en lo resuelto en ese país respecto a la patria potestad de la requerida, alega que, en caso de ser extraditada, no se respetarán debidamente sus garantías judiciales".

Los jueces de la Corte
Los jueces de la Corte Suprema: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti

En ese sentido, la Corte señaló que la defensa no explicó por qué las garantías ofrecidas por el Estado ruso -entre ellas, el compromiso de respetar el derecho de defensa, el principio de especialidad, la prohibición de tratos crueles o degradantes y la posibilidad de supervisión consular por parte de funcionarios argentinos- resultarían insuficientes para proteger los derechos de la requerida.

Los aportes de los “amigos del tribunal” y el contexto institucional ruso

Durante la tramitación del caso ante el Máximo Tribunal, y antes de dictarse el fallo, se incorporaron al expediente presentaciones en carácter de "amicus curiae" por parte de Viacheslav Frolov, un ciudadano ruso residente en la Argentina, doctor en Derecho Militar de su país y ex juez de corte marcial de la Federación de Rusia, junto con el abogado defensor Christian Demian Rubilar Panasiuk. Ambos escritos estuvieron orientados a “ayudar” a los ministros de la Corte Suprema “a tomar una mejor decisión”.

En un texto de cinco páginas al que tuvo acceso Infobae, Frolov aportó elementos de contexto sobre el funcionamiento del sistema penal ruso en causas vinculadas con el terrorismo y sostuvo que la acusación contra la mujer fue impulsada por el Comité de Investigación de la Federación de Rusia, un organismo que -según explicó- no forma parte del Poder Judicial sino que depende del Poder Ejecutivo.

De acuerdo con su análisis, dicho Comité actúa bajo la órbita del Servicio Federal de Seguridad (FSB), heredero de la ex KGB soviética. “Sus dictámenes no pueden estar en contradicción con la opinión de la FSB”, afirmó Frolov, quien describió al organismo como una estructura estatal de carácter paramilitar, cuyos investigadores ostentan rangos equiparables a los militares y carecen de estabilidad funcional.

Un ex juez de corte
Un ex juez de corte marcial ruso sostuvo ante la Corte Suprema que el Comité de Investigación de la Federación de Rusia no integra el Poder Judicial y responde de manera directa al Poder Ejecutivo encabezado por Vladimir Putin (Foto: Kremlin/DPA)

El ex juez marcial indicó, además, que en la Federación de Rusia los delitos de financiamiento del terrorismo son considerados ilícitos de naturaleza militar y quedan sometidos a la competencia de tribunales militares de distrito. En ese marco, advirtió que la privación anticipada de la patria potestad podría operar como un indicio de una condena ya decidida en ausencia.

El especialista enfatizó que “a la Sra. Gilfanova se la pretende extraditar por un delito militar” y que “la orden de extradición fue requerida por el PEN específicamente por la Secretaría de Inteligencia Militar”, donde “será juzgada por una Corte Marcial”. También opinó que a la ciudadana “ya se ha adelantado la condena en ausencia al habérsele privado de la patria potestad, lo que es un indicador de que su sentencia condenatoria ya habría sido escrita por el FSB, lo que es una práctica habitual en las Cortes Marciales”.

“De los materiales del caso se desprende claramente que Gilfanova Iuliia nació en la República de Tartaristán en la ciudad de Nizhnekamsk. La República de Tartaristán es parte de la Federación Rusa, donde la mayoría de la población son tártaros, que son la nacionalidad titular en esta región y un pueblo turco. La religión de los pueblos turcos es el Islam (...). Las autoridades federales de Rusia, después de la transferencia de poder del presidente Yeltsin al presidente Putin, han seguido una política consecuente en esta región para reprimir el desarrollo de la conciencia nacional y la formación de la nación tártara con el objetivo de preservar esta república como parte de la Federación Rusa y evitar la formación de un Tartaristán independiente, lo que explica la intervención de Tribunales Militares que aplican derecho militar al que hoy llaman derecho terrorista”, sugirió el ex asesor jurídico del Ministerio de Defensa ruso, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.

Por su parte, para el abogado Rubilar Panasiuk el tratado de extradición con Rusia “es inaplicable” en tanto aquel país “tiene una arraigada tradición sobre tratados” que “versan sobre la restitución civil de desertores, que esta Corte no reconoce”. También expresó que la sentencia del juez federal de Mar del Plata “desconoció un principio conocido de derecho público que establece que el imperio de las leyes es consecuencia de la soberanía del Estado que las ha dictado”.

“De ello resulta -argumentó el letrado-, que su obligatoriedad no se extiende más allá del territorio donde esa soberanía es efectivamente ejercida, no pudiendo la República Argentina reconocer responsabilidad penal por ius sanguinis ni por residencia legal ficticia en Rusia, ya que la Sra. Gilfanova es libre del derecho ruso que desconoce garantías elementales desde que pisó suelo patrio con ánimo de arraigo, lo que determina la inaplicabilidad del Tratado con la Federación Rusa (...).

La Corte Suprema no se pronunció de manera específica sobre estas observaciones, pero consideró que la defensa de la mujer “no se ha hecho cargo de controvertir el valor otorgado por el -juez anterior-, con sustento en jurisprudencia del Tribunal, a las garantías dadas por el Estado requirente (...) ni demostró por qué estas garantías serían inidóneas para alcanzar el fin pretendido”

Así, los ministros de la máxima instancia judicial declararon “mal concedido” el recurso ordinario de apelación y confirmaron la resolución impugnada “en cuanto declaró procedente la extradición de Yulia Raisovna Gilfanova a la Federación de Rusia para ser sometida a proceso en orden a dos conductas del delito de financiamiento del terrorismo”.

La sentencia ordenó notificar a las partes y que el expediente vuelva al tribunal de origen para que continúe con el procedimiento solicitado por la Embajada rusa en Buenos Aires.

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