Los familiares de un pensionado del Estado en Guatemala pueden solicitar hasta 656 dólares por gastos funerarios

El apoyo está previsto en el Régimen de Clases Pasivas Civiles y se tramita si la prestación está al día, el solicitante acredita parentesco y presenta identidad, certificación de defunción del Renap y factura correspondiente

Infografía con ilustraciones de una familia, iconos de trámites y textos sobre el apoyo estatal para gastos funerarios en Guatemala.
Una infografía del Ministerio de Finanzas de Guatemala detalla los requisitos y pasos para tramitar el apoyo estatal de 5.000 quetzales por gastos funerarios de pensionados. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Los familiares de un pensionado del Estado que haya fallecido pueden solicitar hasta Q5.000,00 por gastos funerarios, un apoyo previsto en el Régimen de Clases Pasivas Civiles del Estado que también exige avisar el deceso sin demora para suspender la pensión y evitar cobros posteriores que pueden derivar en reintegros y acciones legales, según información publicada por el Ministerio de Finanzas Públicas en sus canales de información oficial.

El beneficio está contemplado en el Decreto Número 63-88 del Congreso de la República. Para acceder, la pensión debe estar solvente, el solicitante debe acreditar su parentesco con el causante y cumplir con la documentación exigida para el trámite.

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Ismael González, subdirector de Clases Pasivas del Ministerio de Finanzas Públicas, explicó que informar oportunamente la muerte del pensionado cumple dos funciones: permite iniciar la gestión del pago funerario y facilita la suspensión de la prestación mensual. Esa notificación temprana evita acreditamientos después del fallecimiento.

La consecuencia de no hacerlo está prevista en el artículo 45 del Acuerdo Gubernativo Número 1220-88, Reglamento de la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado. La norma establece: “Si se llegare a establecer que con posterioridad al fallecimiento del pensionado fueron cobrados los cheques respectivos, la Dirección de Contabilidad del Estado deberá requerir el pago a las personas que resulten responsables de tal cobro y tomar las acciones legales que corresponda, incluyendo la retención del pago de gastos de funerales”.

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Ese punto responde a la duda central del trámite: los familiares sí pueden pedir el apoyo económico, pero primero deben reportar el fallecimiento y hacerlo lo antes posible. Si hubo cobros de la pensión después del deceso, el Estado puede reclamar la devolución del dinero e incluso retener el pago destinado a los funerales.

Una mujer se limpia las lágrimas al lado de un ataúd de madera y de un cartel con el texto Gastos funerarios hasta Q5.000.
Una familia despide a un pariente junto a un féretro en Guatemala, donde el Estado otorga un subsidio de hasta 5.000 quetzales para gastos funerarios de pensionados. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El aviso de fallecimiento puede hacerse por internet o en persona

El aviso de fallecimiento se puede presentar de manera virtual o presencial. Para la vía digital, los familiares deben descargar el formulario “Solicitud de Suspensión de Pago de Pensión por Fallecimiento” en el portal de Atención Virtual del Minfin, dentro del apartado de Clases Pasivas.

En ese mismo portal está disponible la información sobre requisitos y datos necesarios para completar la gestión. La alternativa presencial consiste en obtener el formulario en formato físico y presentar el aviso en las ventanillas dos y tres del Centro de Atención al Usuario.

Esas ventanillas funcionan en las instalaciones del Minfin en un horario de 8:00 a 16:30. La comunicación oficial del Ministerio también precisa que para realizar estos trámites no se requiere cita previa.

Después del aviso, los familiares pueden avanzar con la solicitud del pago de gastos funerarios y, cuando corresponda, con otras prestaciones. Para ese paso deben descargar otro documento: la “Solicitud para Autorización de Pago de Gastos Funerales y otros de Pensionados del Estado”.

Una vez completado ese formulario y reunidos los respaldos exigidos, la solicitud debe presentarse de manera presencial en las ventanillas dos y tres del Centro de Atención al Usuario. Quien lo necesite puede pedir allí mismo el formulario impreso.

Qué documentos pide el Estado para autorizar el pago

Para gestionar el pago, el solicitante debe acreditar su identidad y el vínculo de parentesco con el pensionado fallecido. Además, tiene que presentar el certificado de defunción emitido por el Registro Nacional de las Personas y ese documento no puede tener más de seis meses desde su emisión.

También se exige una fotocopia del Documento Personal de Identificación del solicitante. A eso se suma la factura de los gastos funerarios, que debe estar a nombre de quien presenta la gestión y describir el servicio funerario prestado al pensionado.

El expediente puede incluir otros documentos, según los requisitos aplicables a cada caso. La base del beneficio, de todos modos, no cambia: se trata de un apoyo de hasta Q5.000,00 para cubrir gastos derivados del funeral de un pensionado del régimen civil del Estado.

La normativa identifica a estos pensionados como exservidores públicos o beneficiarios que reciben una prestación económica mensual conforme a la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado. Sobre ese universo de beneficiarios se aplican tanto el derecho de los familiares a pedir la ayuda funeraria como la obligación de notificar el fallecimiento para detener el pago de la pensión.

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