El laberinto de la ley de nietos convierte a la Junta Electoral en protagonista del 29N

Guardar

Patricia Crespo

Madrid, 7 nov (EFE).- El laberinto judicial por la aplicación de conocida como ley de nietos ha convertido a la Junta Electoral (JEC) en protagonista a su pesar de las elecciones del próximo 29N.

PUBLICIDAD

El pasado 16 de julio la JEC dictaminó que no era competente para limitar el voto por correo desde el exterior, como le pedían Iustitia Europa y Vox, en relación con las altas de votantes que se incorporaron al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a partir de una instrucción que desarrollaba la ley de nietos.

Comenzó entonces una sucesión de acuerdos, recursos y alegaciones que han derivado, hasta el momento, en la decisión del Supremo de suspender cautelarmente el derecho al voto a los nacionalizados por la ley de nietos que no hayan acreditado que cumplen con la condición de ser descendientes de exiliados españoles.

PUBLICIDAD

Queda además que el Supremo se pronuncie sobre las últimas peticiones de medidas cautelares para que se extienda la suspensión del voto a los hijos e hijas de quienes previamente accedieron a la nacionalidad a través de la ley de nietos.

Una vez se pronuncie, la JEC deberá de nuevo tomar las medidas que en su caso le ordene el Supremo en relación a la Oficina del Censo y/o el CERA.

Más allá de la polvareda que se ha levantado con el censo del voto exterior y los sucesivos recursos y decisiones judiciales, a la Junta Electoral Central le corresponde un papel clave como encargada de velar por la transparencia y objetividad de los procesos electorales.

La JEC no sólo dirige y supervisa la actuación de la Oficina del Censo Electoral, también resuelve las quejas y recursos que se le plantean durante los procesos electorales, corrige las infracciones que se produzcan e impone multas.

Con sede en el Congreso de los Diputados, de ella dependen los demás órganos de la administración electoral como las juntas provinciales y de zona, encargadas de esta misma función en sus respectivos ámbitos de actuación.

La JEC es el "árbitro" del proceso electoral desde que se convocan los comicios hasta que se proclaman los resultados definitivos y durante ese tiempo interpreta y hace cumplir la normativa electoral.

Participa en aspectos tan concretos como el tiempo de propaganda gratuita de los que disfruta cada partido en los medios públicos o si es legal una papeleta con un determinado logotipo.

La distribución de tiempos en RTVE está fijada desde el pasado miércoles, así como el plan de cobertura informativa de la corporación durante la campaña para que se ajuste a la representación parlamentaria de cada partido.

Entre las responsabilidades de las JEC está también cursar instrucciones para las juntas provinciales o de zona, resolver sus consultas y unificar criterios de interpretación de la legislación electoral.

También atiende a las quejas de partidos o administraciones y expide las credenciales de los parlamentarios una vez conocido el escrutinio de los comicios.

Aunque la campaña electoral no comienza hasta el próximo 13 de noviembre, la Junta ya ha decidido sobre varias denuncias desde que se convocaron los comicios del 29N.

El pasado 15 de octubre abrió expediente al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por posible vulneración de la legislación electoral por la rueda de prensa que ofreció desde el Palacio de la Moncloa tras convocar las elecciones y que el PP denunció por considerarla un "mitin".

Lo hizo después de una denuncia de los populares, a la que siguió otra sobre un vídeo de Sánchez grabado en el Museo Reina Sofía ante el 'Guernica'.

La JEC también abrió expediente al jefe del Ejecutivo, en este caso al considerar que podía vulnerar el deber de neutralidad y la limitación de uso de recursos públicos en periodo electoral. EFE

(Recursos de archivo en EFEservicios: 8022568620)

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD