La Audiencia de Valencia reabre una causa archivada contra un párroco por agresión sexual

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València, 30 sep (EFE).- La Audiencia de Valencia ha ordenado reabrir la investigación por la denuncia de una mujer que afirmó haber sido víctima de una agresión sexual presuntamente cometida por el párroco de su pueblo en 2022, después de que un juzgado acordara el sobreseimiento provisional de las actuaciones por "valoraciones subjetivas de la personalidad de la denunciante".

La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 1 dictó el pasado 13 de marzo que el relato de los hechos de la denunciante no era suficiente para poder continuar con el procedimiento, y señaló que veía "plausible" que hubiera podido interiorizar un hecho que no ha ocurrido debido a los "rasgos de trastorno narcicista con un patrón dominante de grandeza y prepotencia", que se recogían "en la exageración de sus logros y talentos".

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El juzgado también señaló que el patrón "narcisista e histriónico queda patente en su narración de los hechos", a lo que "parecían añadirse rasgos de la personalidad paranoide, con desconfianza y suspicacia intensa frente a los demás, sospechando que los demás quieren causarle daño o perjudicarla", y entendió que el relato estaba "huérfano absolutamente de cualquier otra corroboración, vestigio o indicio periférico".

Sin embargo, la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso EFE, ha recurrido el sobreseimiento provisional y ha sostenido que el juez instructor ha realizado "una valoración subjetiva de la personalidad de la denunciante, extralimitándose de las funciones propias de la fase de instrucción".

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Asimismo, ha señalado que los informes de la psicóloga y del médico forense concluían que el testimonio "era compatible con la veracidad".

Sobre la existencia de contradicciones en el relato de la denunciante que señalaba el auto del juzgado, la Audiencia ha apuntado que "dicha valoración resulta jurídicamente incorrecta" porque las discrepancias señaladas se refieren a aspectos como "el modo de regreso a su domicilio después de los hechos, el grado de desnudez del agresor y la forma concreta en la que se produjeron determinados actos".

"Las divergencias en aspectos periféricos no desvirtúan la credibilidad del testimonio cuando el relato principal permanece firme y coherente", ha añadido el auto.

Así, la Audiencia de Valencia ha afirmado que no comparte "la rotundidad de las manifestaciones y conclusiones del órgano instructor" al efectuar "valoraciones más propias del juicio oral y no jurídicas, sino más bien psicológicas sobre la personalidad de la perjudicada", mientras constan en la causa "informes periciales de profesionales que gozan de una mayor capacitación técnica".

Por eso, el Tribunal estima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la víctima y ordena la continuación del procedimiento por los trámites legalmente previstos. EFE

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