La Justicia reconoce el derecho a pedir asilo a un hombre tras 17 meses sin conseguir cita

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Madrid, 8 jun (EFE).- La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho a obtener una cita previa para presentar su solicitud de asilo a un ciudadano colombiano que demostró haber intentado formalizar su solicitud durante un año y cinco meses sin éxito por ninguno de los medios habilitados.

La Sala de lo Contencionso-Administrativo de la Audiencia Nacional sostiene en una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que "la actuación de la Administración no resulta compatible con un acceso efectivo, sencillo y rápido al procedimiento de protección internacional" como exige la normativa nacional y europea.

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Estos obstáculos que encuentran en España las personas que huyen de conflictos, persecución, violencia o graves violaciones de derechos humanos en sus países han sido denunciados reiteradamente por ONG, el movimiento migrante e instituciones como el Defensor del Pueblo o el Consejo General de la Abogacía Española.

En este caso, se trata de un ciudadano colombiano que ha demostrado haber estado desde mayo de 2022 hasta marzo de 2023 intentando reiteradamente conseguir cita previa para formalizar su petición a través de la sede electrónica sin obtener respuesta positiva y, después, mediante llamadas telefónicas al número habilitado, desde abril hasta octubre de 2023, también sin éxito.

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Ante esta situación, presentó una incidencia ante la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y quejas ante el Defensor del Pueblo, comunicó esta circunstancia al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y presentó un recurso ante la Justicia.

Tras estudiar las pruebas aportadas por el ciudadano, como los pantallazos en los que se le denegaba una y otra vez el acceso a las citas, la Sala da por "acreditada" su manifestación de voluntad de solicitar protección internacional y el "acto presunto denegatorio de la cita solicitada", que le ha impedido dar inicio al procedimiento a todos los efectos.

El acto de dar entrada a la solicitud de asilo es importante porque, transcurridos seis meses desde la presentación de la petición, el solicitante queda autorizado a trabajar en España mientras espera una respuesta.

Según la Sala, la denegación de una cita vulnera la ley de asilo española, que establece el derecho de acceso al procedimiento de protección internacional, y la directiva europea que impone a la administración una serie de obligaciones positivas en orden de garantizar a los interesados el acceso al procedimiento.

Por todo ello, la Audiencia Nacional estima el recurso interpuesto por el ciudadano colombiano y reconoce su derecho a obtener una cita previa lo antes posible, "con los efectos legales inherentes a esta declaración".

Esta resolución es fruto del trabajo del equipo jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), que ha acompañado a este migrante en todo el proceso, según ha explicado a EFE la coordinadora estatal del servicio jurídico de la entidad, Elena Muñoz.

Este ciudadano, "desesperado" ante las barreras que encontró para pedir protección internacional, decidió finalmente optar por "otras vías", pero desde CEAR decidieron continuar con el procedimiento para obtener un pronunciamiento de la Justicia que pueda "abrir la puerta a muchas personas".

Según Muñoz, se trata de la cuarta sentencia de estas características que emite la Justicia y cobra especial relevancia a pocos días de la entrada en vigor, el próximo 12 de junio, del Pacto Europeo de Migración y Asilo, que establece plazos incluso más estrictos para el procedimiento de asilo.

La responsable de la ONG ha señalado que en los últimos meses han detectado "cierta mejora" en el acceso a las citas, entre otros factores por la reducción de las llegadas irregulares por vía marítima, pero los tiempos de la administración están aún alejados de los que plantea el nuevo paquete normativo europeo. EFE

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