
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una pena de diez años y siete meses de prisión a un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor de 14 años --12 años menor que él-- con la que mantuvo varios encuentros en el marco de una relación.
La sentencia apunta que entre marzo de 2022 y enero del año siguiente, el acusado tuvo algún tipo de relación sentimental con la menor de 14 años en la que se dieron, al menos, seis encuentros de carácter sexual en el domicilio del varón, ubicado en el barrio de Las 200 Viviendas, así como en casa de un amigo de este.
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Fue la madre de la menor quien denunció los hechos ante la Guardia Civil en marzo de 2023, lo que dio lugar a la adopción de medidas cautelares que impedían al acusado acercarse a menos de 500 metros de la víctima y a comunicarse con ella.
Las relaciones se produjeron a pesar de que el acusado sabía en todo momento la baja edad de la adolescente. Asimismo, el informe pericial realizado sobre el acusado determinó que este tenía una madurez física y psicológica acorde a su edad, esto es, 26 años en la fecha de los hechos, mientras que la menor tenía una baja madurez aunque un aparente grado de desarrollo físico mayor.
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El tribunal estima que el acusado se aprovechó de una posición "asimétrica" y de confianza con respecto a la víctima al contar él con 26 años y la víctima con 14 en el marco de una relación íntima de noviazgo que, según las manifestaciones de la acusación, se mantuvo durante unos diez meses. Esto dio lugar a una continuidad delictiva al conseguir que los encuentros sexuales se mantuvieran a lo largo del tiempo.
Aunque el acusado manifestó que desconocía la edad de la víctima, para lo que se escudó en su apariencia física y en que frecuentaba discotecas, el tribunal rechazó este extremo ya que tanto la menor como su madre aseguraron que conocían al acusado de la iglesia a la que iban, en la que tanto la niña como él participaban en el coro, por lo que era conocedor de su edad.
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Más allá de esto, el tribunal apunta que el acusado adoptó una posición "pasiva" a la hora de indagar sobre la edad de la víctima antes de decidir mantener relaciones sexuales con ella, "mostrando total indiferencia hacia la edad" de la menor.
Por lo demás, el alto tribunal andaluz valida el testimonio "rotundo, coherente y rico en detalles" aportado por la menor a la hora de mantener la acusación, sin que se aprecien móviles espurios en la denuncia.
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El fallo impone al acusado, entre otras penas accesorias, ocho años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 20.000 euros a la víctima por los daños morales causados.
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