
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de tres años de prisión impuesta a un hombre por fraude a la Seguridad Social por impago de 122 mensualidades consecutivas de cuotas sociales correspondientes a trabajadores dados de alta a través de un entramado societario radicado en Málaga, que supuso a la Tesorería General dejar de ingresar 846.825 euros.
Así, se rechaza el recurso de la defensa y se ratifica la condena de la Audiencia de Málaga que declaró probado que el acusado era el administrador de hecho y de derecho de varias entidades localizadas en distintas partes de España y dedicadas a informática y tecnología, desarrollo de centralitas inteligentes y de software para empresas, como administraciones de lotería, y formación.
Estas sociedades fueron constituidas por el acusado, en unión de su hermano y también procesado, para formar parte de un grupo de empresas, con una sociedad matriz, de la que dependían el resto. En los últimos diez años, el primer acusado llego a contratar hasta 55 trabajadores que se han ido sucediendo en su relación laboral con dichas entidades.
Según la sentencia, "valiéndose del artificio de constituir sociedades de manera sucesiva, el acusado dejo de abonar las cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)" a través de una de las sociedades que la Sala de Málaga consideró "ficticia", procediendo a su cierre, "sin que la nueva sociedad asumiera las deudas públicas contraídas".
Con este "entramado de sucesión de empresas, se dificultó que la TGSS pudiera proceder a la realización forzosa de su deuda, colocándose en una situación consciente de insolvencia, en tanto en cuanto, la actividad productiva seguía desarrollándose con los mismos trabajadores, en el mismo establecimiento, con el mismo autorizado en red, y con la misma actividad", señala la resolución.
En los hechos probados se analizan los pagos y altas en la Seguridad Social y se centra en que el principal acusado, como administrador de una de esas sociedades, "eludió deliberadamente durante 122 mensualidades consecutivas, a partir de diciembre de 2008, el pago de las cuotas sociales correspondientes a los trabajadores dados de alta" en esa empresa.
Esto provocó que la TGSS "dejara de ingresar 846.825,08 euros, de los que 209.612,81 euros corresponden a los ejercicios 2016 a 2019", dice la sentencia, que señala las actuaciones de comprobación e investigación realizadas por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social respecto de esa mercantil por "irregularidades" detectadas.
Por estos hechos, la Audiencia malagueña condenó al procesado como autor de un delito de fraude a la Seguridad Social y se le impuso tres años de cárcel y el pago de una multa de 838.451,24 euros; además de la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales durante cuatro años.
En concepto de responsabilidad civil se le impuso el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social de la cuantía de 209.612,81 euros. Por contra, no se acreditó en juicio que el hermano de este estuviera en connivencia en la realización de las acciones, por lo que fue absuelto.
Para el TSJA, la "persistencia y sistematicidad" en el impago de las cuotas sociales por parte de la empresa, "que no las abonó ni una sola vez durante diez años y dos meses consecutivos", permite "excluir que se tratara de una mera contingencia financiera o una circunstancia transitoria fruto de una gestión descuidada". Apunta "más bien, por el contrario, a que se trataba de una estrategia empresarial encaminada a operar fuera del sistema de cotizaciones".
La Sala de apelación también pone el foco en el hecho en que "durante tan extenso periodo la empresa hiciera frente de forma regular al abono de los salarios de los trabajadores y los gastos corrientes de la misma" supone que "generaba recursos suficientes para sostener su actividad, pese a lo que el acusado excluyó de forma consciente el pago de cuotas sociales".
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