La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso de la Junta contra el deslinde de Doñana

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Huelva, 8 abr (EFE).- La Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Junta de Andalucía contra el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) por el deslinde de las marismas de Doñana aprobado por el Gobierno.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado luz verde a la impugnación presentada por el Servicio Jurídico Provincial de Sevilla contra la Orden Ministerial del 10 de octubre de 2025 que aprueba un deslinde de 118.772 metros de marisma en los términos municipales de Hinojos y Almonte, en Huelva, y Aznalcázar (Sevilla) al entender que son dominio público marítimo-terrestre por tener influencia mareal.

La administración autonómica decidió acudir a los tribunales tras el silencio administrativo del Gobierno central ante un requerimiento previo efectuado el pasado mes de diciembre.

En la parte dispositiva del auto, la magistrada ponente acuerda la apertura del procedimiento ordinario y requiere formalmente al Miteco la remisión del expediente administrativo completo en un plazo improrrogable de veinte días.

Asimismo, el tribunal ordena al ministerio que notifique la existencia de este proceso a todos los posibles interesados para que puedan personarse como demandados.

La resolución judicial también contempla la posibilidad de una pieza separada para decidir sobre las medidas cautelares solicitadas por la Junta de Andalucía. Este procedimiento paralelo determinará si se suspende de forma provisional la ejecución del deslinde mientras el tribunal estudia el fondo del asunto.

La Junta justifica su oposición al deslinde, al igual que particulares, organismos e instituciones como el Espacio Natural Doñana (END), los ayuntamientos de Almonte e Hinojos, WWF, Ecologistas en Acción, la Estación Biológica de Doñana, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y la Asociación Amigos de Doñana, en que la marisma solo recibe agua dulce y, por lo tanto, no tendría que ser objeto de esta medida.

Desde la administración autonómica se defiende, además, que cualquier delimitación del dominio público marítimo-terrestre debe responder a criterios rigurosos y a un conocimiento profundo del funcionamiento real del territorio. EFE

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