
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estableció que los diversos episodios de agresión sexual denunciados por la menor ocurrieron dentro de un mismo periodo y bajo un patrón repetido que evidencia una voluntad delictiva uniforme del acusado. Según informó el medio, la Sala de Apelación del TSJA decidió que estos hechos constituyen un solo delito continuado, lo que motivó la reducción de la condena original.
El caso fue revisado después de que la defensa del acusado presentara un recurso de apelación, recurso que fue desestimado, aunque el tribunal detectó un error en la calificación jurídica de la sentencia dictada por la Audiencia de Almería. Tal como publicó la fuente original, el fallo inicial impuso una pena de diecinueve años de prisión, compuesta por once años por un delito de agresión sexual y ocho años por otro delito de agresión sexual continuada. La nueva resolución concluyó que el acusado debe cumplir doce años y nueve meses de prisión, al quedar demostrado que todas las agresiones se produjeron entre abril y junio de 2022 en un mismo contexto temporal y utilizando un método similar.
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El medio consignó que los hechos se remontan al inicio de la primavera de 2022, cuando el acusado acudió al domicilio de la víctima para efectuar trabajos de reforma y estableció contacto con la menor, quien tenía catorce años. Posteriormente, le propuso trabajar como limpiadora en varias viviendas en obras, oferta que la joven aceptó. A partir de ese momento, el obrero recogía a la menor para llevarla a distintos lugares donde, aislados de otras personas, cometía actos de agresión sexual en contra de la voluntad de la víctima.
De acuerdo con los detalles aportados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la conducta del acusado estaba condicionada por el conocimiento explícito de la edad de la víctima. En una de las ocasiones, el acusado expresó a la menor que era “la chica más pequeña con la que había tenido relaciones”, según reportó el medio. Además, el procesado utilizaba amenazas para asegurar el silencio de la menor: le advertía que debía mantener en secreto los hechos y que si llegaba a revelarlos, él iría a prisión, lo que dejaría a su propio hijo pequeño desatendido.
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Luego de analizar las circunstancias, la Sala de Apelación resolvió actuar de oficio para salvaguardar la legalidad y la seguridad jurídica, considerando que los cuatro capítulos de agresiones sexuales formaban parte de una única acción delictiva de carácter continuado. El tribunal valoró que no cabía individualizar cada episodio como un delito independiente, ya que toda la conducta evidenciaba un dolo único destinado a vulnerar la indemnidad sexual de la menor, consignó la fuente.
El fallo redujo la condena a doce años y nueve meses de prisión, una cifra cercana al mínimo previsto por la legislación para este tipo penal, reportó el medio. Además de la pena principal de cárcel, el condenado deberá cumplir medidas accesorias, incluyendo el alejamiento e incomunicación con la víctima. Asimismo, el tribunal fijó una indemnización de cincuenta mil euros a favor de la menor en atención a la reiteración de los actos contra su integridad sexual, a su edad y a las consecuencias psicológicas documentadas, como síntomas de ansiedad y depresión, detalló la fuente.
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía especificó que la decisión se fundamenta en la apreciación de la continuidad delictiva y en la importancia de atribuir correctamente la calificación jurídica a los hechos, con el objetivo de garantizar criterios uniformes de legalidad. A la vez, el tribunal enfatizó que el cambio en la pena obedece a la necesidad de integrar todos los episodios bajo un único delito continuado, lo que permite ajustar la condena a los términos legales correspondientes.
El medio informó que la Sala reiteró la vigencia de las medidas preventivas para proteger a la víctima después de que cumpla la mayoría de edad, entre ellas la prohibición de comunicación y aproximación del condenado. En los fundamentos de su fallo, la Sala de Apelación también valoró el impacto emocional y psicológico en la menor, así como el uso reiterado de la posición de poder y confianza por parte del acusado, aspectos que contribuyeron a fijar la suma de la indemnización y a fundamentar la extensión de la condena.
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