
El tribunal provincial consideró que, ante la posibilidad razonable de que los hechos relatados pudieran encajar en una conducta delictiva, el instructor no podía impedir a las acusaciones el acceso a un juicio oral. Así lo determinó la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia al resolver los recursos presentados por las acusaciones populares en el caso conocido por el supuesto encubrimiento de agresiones sexuales a una menor tutelada, hechos atribuidos al exmarido de la exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra. De acuerdo con la información publicada por el medio, la decisión implica que Oltra y varios miembros de su equipo en la Conselleria de Igualdad deberán responder ante la justicia en el marco de este proceso.
Según detalló la Audiencia Provincial de Valencia, la investigación había sufrido distintas fases, incluyendo archivo y reaperturas. El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, en su momento, optó por archivar el procedimiento en el año 2024, alegando la ausencia de indicios delictivos, una posición compartida por la Fiscalía. Sin embargo, la situación cambió cuando las acusaciones Vox y Gobierna-te recurrieron dicho archivo. El órgano judicial, al revisar los recursos, ordenó reabrir la causa, lo que llevó al juez instructor a continuar con el procedimiento en cumplimiento de la decisión de la instancia superior.
Durante el año 2025, el órgano instructor volvió a analizar el caso y dictó un nuevo sobreseimiento provisional, negándose nuevamente a abrir juicio oral. Este criterio fue ratificado en diciembre de ese año, luego de analizar y rechazar los recursos adicionales que las acusaciones presentaron tras la segunda decisión de archivo. No obstante, las acusaciones populares volvieron a presentar recurso ante la Audiencia Provincial, que en su reciente resolución estimó sus argumentos y ordenó dar inicio al juicio oral.
La Audiencia fundamentó su decisión en el principio de tutela judicial de las partes, considerando que, mientras las acusaciones valoren de manera razonada que los hechos denunciados podrían calificarse como delito, no corresponde limitar la apertura del juicio oral. El medio consignó que este razonamiento marcó la diferencia respecto a las decisiones previas de archivo, ya que, según el tribunal, el instructor no podía impedir el desarrollo del proceso si existía base suficiente en los indicios para considerar la posible existencia de responsabilidad penal.
La exvicepresidenta Mónica Oltra y su equipo de la Conselleria de Igualdad durante el anterior gobierno del Botànic figuran como principales imputados en este caso. Todo ello en el contexto de la investigación iniciada por el supuesto encubrimiento de los abusos sexuales cometidos por el exmarido de Oltra contra una menor que estaba bajo la tutela de la administración autonómica. Según reportó el medio, la apertura de juicio oral representa el avance más significativo en este proceso desde que las primeras denuncias llegaran a los tribunales, confrontando los criterios del juez instructor y de la Fiscalía, quienes defendieron en varias ocasiones la falta de ilícito penal en la actuación de los funcionarios investigados.
La resolución de la Audiencia Provincial de Valencia recalca que corresponde al tribunal de enjuiciamiento, durante la fase de juicio oral, determinar si los hechos examinados revisten o no carácter delictivo. Esta interpretación deja en manos de la próxima instancia procesal la valoración definitiva sobre la existencia de delito, permitiendo así la continuación de la causa según el marco normativo y procesal aplicable. La decisión respondía a la persistencia de las acusaciones populares, que sostuvieron a lo largo del proceso que existían elementos suficientes para llevar a juicio a los responsables políticos y administrativos implicados, y recurrieron en todas las fases de archivo.
La causa estudiada involucra a Mónica Oltra en su cargo de exvicepresidenta del Consell y exconsellera de Igualdad, junto a las actuaciones de varios de sus colaboradores, por supuestas omisiones y encubrimientos en el tratamiento institucional de los abusos denunciados. La acusación sostiene que pudo producirse una gestión orientada a evitar la responsabilidad de la administración, lo que justificaría el proceso penal. El medio informó que, tras la última intervención de la Audiencia Provincial, se despeja el camino para la realización del juicio, pese a las decisiones previas de archivo y a la doble negativa del instructor para avanzar con la acusación.
Con este desarrollo, se activa una nueva etapa en el procedimiento judicial, en la que Oltra y su equipo deberán responder a las imputaciones formuladas por las acusaciones populares, ante la sospecha de encubrimiento y otros posibles delitos derivados de la gestión institucional de los hechos. Según publicó el medio, este avance procesal tendrá lugar tras una sucesión de recursos y resoluciones contrapuestas entre el órgano instructor y las instancias de revisión de la Audiencia Provincial. La atención ahora queda centrada en la evolución del juicio oral, que determinará las eventuales responsabilidades de los investigados.
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