
El tribunal ha determinado que ninguno de los tres acusados incurrió en delitos pese a que el Ministerio Público solicitaba condenas que sumaban más de veinte años de prisión. Según detalló Europa Press en la sentencia a la que tuvo acceso, la Audiencia Nacional decidió absolver al excomisario José Manuel Villarejo, a Rafael Redondo y al abogado Antonio Erico Chávarri por la presunta investigación a dos personas vinculadas a un proceso concursal relevante en los años 2012 y 2013, después de concluir que no existen pruebas suficientes para acreditar actividades ilícitas.
De acuerdo con la información publicada por Europa Press, este caso giraba en torno a un supuesto encargo formulado por Chávarri por el que se habría investigado a un empresario, a cambio de más de 400.000 euros. El origen de la investigación surgió por las sospechas del propio Chávarri de que Luis Pérez Gil, administrador concursal en el procedimiento relacionado con la empresa Acisclo Gestión de Patrimonios, y Joaquín Molpeceres Sánchez, principal acreedor en la causa, podrían haber actuado conjuntamente para perjudicar intereses de Chávarri en el proceso. Así, la Fiscalía Anticorrupción sostenía que el llamado “proyecto Grass” consistió en acciones desarrolladas por Villarejo y sus colaboradores para indagar sobre posibles irregularidades cometidas por Pérez Gil y Molpeceres Sánchez.
Europa Press informó que la sentencia absuelve a Villarejo de los delitos de cohecho pasivo, descubrimiento y revelación de secretos particulares, y falsedad en documento mercantil, mientras que Redondo resulta exonerado de los delitos de cohecho pasivo y falsedad en documento mercantil. En el caso de Chávarri, el tribunal lo absuelve de cohecho activo y falsedad en documento mercantil. La Fiscalía había solicitado concretamente 12 años de prisión para Villarejo, 4 años y 6 meses para Redondo, y 7 años para Chávarri.
El fallo de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, según detalló Europa Press, pone de manifiesto que no se han aportado pruebas válidas que permitan acreditar que los acusados cometieron los delitos de los que se les acusaba. El procedimiento concursal al que se refiere el caso tiene relevancia por tratarse de la gestión de importantes activos y de intereses económicos significativos, lo que motivó las sospechas de Chávarri y el posterior encargo investigado judicialmente.
La acusación sostenía que Villarejo, siendo comisario de la Policía Nacional al momento de asumir el supuesto encargo, utilizó su posición para desarrollar la investigación dirigida contra Pérez Gil y Molpeceres Sánchez. De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, las acciones desplegadas por el grupo liderado por Villarejo habrían sobrepasado los límites legales, constituyendo delitos vinculados con el uso ilícito de información y la elaboración de documentación falsa.
El proceso analizó el periodo comprendido entre finales de 2012 y finales de 2013, etapa en la que, de acuerdo con lo relatado por Europa Press, se habrían producido los hechos bajo la denominación de “proyecto Grass”. La resolución judicial explica que las pruebas presentadas no revelaron una actividad delictiva concreta, ni establecieron que las gestiones de investigación respondiesen a fines ilícitos elaborados en detrimento de terceros ni a favor de quien encargó los trabajos.
Europa Press también indicó que la sentencia consolida la absolución al entender que la evidencia recogida resultó insuficiente para establecer la participación dolosa en delitos de cohecho, revelación de secretos o falsedad documental. La instrucción judicial valoró las versiones y los documentos incorporados en el proceso, descartando que hayan existido transferencias económicas ilícitas relacionadas con el encargo, o que los actos desarrollados por Villarejo, Redondo y Chávarri vulnerasen la normativa penal.
La relevancia pública del caso radica en la figura de Villarejo, quien ha estado implicado en numerosos procedimientos judiciales por actividades vinculadas a su etapa como alto mando policial, así como por su participación en tramas judiciales y empresariales de alto impacto. El archivo de este asunto judicial representa una de las últimas decisiones adoptadas sobre los casos asociados al excomisario, que en esta ocasión, también incluye la absolución de su socio y del abogado que lo habría contactado.
La Audiencia Nacional, según recogió Europa Press, enfatizó en el fallo la inexistencia de pruebas directas relacionadas con la supuesta entrega de 400.000 euros y la imposibilidad de demostrar el encargo en los términos que sostuvo la acusación. Por ese motivo, el tribunal declaró la absolución de los acusados por todos los delitos atribuidos y ordenó el cierre del procedimiento en esta instancia.
Según la información disponible, ninguna de las partes implicadas ha anunciado aún su intención de recurrir la sentencia.
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