
El proceso judicial ha determinado que la relación entre la adolescente víctima y el condenado presentaba dificultades desde su inicio, caracterizándose por el rechazo de la menor a la convivencia y a los intentos reiterados del hombre por ganarse su aceptación a través de gestos que ella consideraba inapropiados, entre ellos la insistencia en abrazos y la entrega de dinero. En este contexto, según informó el medio, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificó la condena impuesta a este individuo por abuso sexual sobre la hija de su pareja, una menor de 13 años, así como otros delitos relacionados con su reacción frente a agentes de la Guardia Civil tras su detención en Córdoba.
De acuerdo con lo dictado por el TSJA y consignado por los medios, la sanción consiste en un año y tres meses de prisión por el delito de abuso sexual cometido contra la menor, además de una pena de prisión por resistencia a la autoridad y dos delitos leves de lesiones causados a agentes de la fuerza pública. Sin embargo, el órgano judicial ha modificado parcialmente la condena respecto al delito de resistencia, sustituyendo tres meses de cárcel por seis meses de multa, establecida en seis euros diarios, con un importe total de 1.080 euros, tras estimar en parte el recurso de apelación presentado por el acusado. La resolución detalla que aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Según la documentación judicial citada por el TSJA, los hechos centrales tuvieron lugar el 8 de noviembre de 2021, cuando la joven, tras regresar del colegio, se refugió en su dormitorio, sola en la vivienda. El procesado accedió entonces a la habitación y, como en ocasiones previas según el relato de la víctima, se acercó para buscar su confianza, pese a que la menor se mostró esquiva y rechazó el contacto físico. El tribunal considera acreditado que en esa situación, el hombre introdujo la mano por debajo de la ropa de la niña, tocando sus senos y colocando un billete de 50 euros dentro del sujetador. El hombre cesó la acción ante la reacción de rechazo de la menor. La sentencia recoge el testimonio de que, tras el acto, el acusado exigió la devolución del dinero o, en su defecto, que la menor le diera un abrazo. Como la joven no logró localizar el billete debido al nerviosismo, acabó abrazándolo antes de marcharse a casa de una amiga, a quien relató lo acontecido. Poco después también informó de los hechos a su madre, quien interpuso una denuncia.
El medio detalla que la denuncia motivó la detención del acusado el 9 de noviembre de 2021. Durante su estancia en el cuartel de la Guardia Civil de una localidad cordobesa, el hombre mostró una actitud violenta, golpeando puertas y paredes en la celda, lo que resultó en lesiones en sus manos. Personal sanitario acudió al lugar para prestarle atención por heridas, agitación y nerviosismo. Tras la asistencia médica se le indicó el regreso a la celda, orden que rehusó completando con resistencia física, empujones y golpes contra los cinco agentes encargados de su custodia, según la sentencia mencionada por la fuente.
Como resultado del altercado en las dependencias policiales, dos agentes resultaron heridos. Uno de los funcionarios requirió atención médica y contabilizó tres días de perjuicio personal básico, sin que conste la renuncia a indemnización. El otro agente tuvo contusión, erosión y eritema facial y en el cuello, así como lesión en la mano izquierda, necesitando la primera asistencia médica y recuperándose en un periodo equivalente. El acusado debe indemnizar a la menor con 600 euros y a uno de los guardias civiles con 90 euros.
Adicionalmente a las penas de prisión y la multa principal ya citadas, según subrayó la resolución del TSJA, el condenado enfrenta una multa de 480 euros, una orden de alejamiento respecto a la víctima por el plazo de cuatro años y la obligación de reparar económicamente a la menor y a uno de los agentes lesionados. La evolución de la causa ha quedado recogida en las resoluciones judiciales y en las decisiones del TSJA, dejando la puerta abierta a un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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