
La sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias el pasado 9 de julio, por la que se condenó a un hombre por el asesinato de un gerente inmobiliario en Gijón, mantiene vigente la condena de 17 años de prisión que deberá cumplir el procesado. Según informó el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJA), la Sala de lo Civil y Penal ha rechazado los recursos de apelación interpuestos contra esta resolución, ratificando así la pena y las medidas accesorias impuestas. El hombre condenado todavía dispone de la opción de recurrir ante el Tribunal Supremo en casación, posibilidad que puede ejercer en el plazo de cinco días tras la última notificación oficial, detalló el TSJA.
El medio subraya que, además de la pena de cárcel, la condena contempla una medida de libertad vigilada por un periodo de cinco años, así como el abono de indemnizaciones dirigidas tanto a la hija como a la pareja de la víctima. El TSJA evaluó en su fallo los recursos presentados por las partes, respaldando la valoración económica que había determinado la Audiencia de Asturias como compensación por el daño causado. La Sala también avala la aplicación de la atenuante analógica de confesión, la cual se justificó por la colaboración del acusado y el hecho de haber facilitado las actuaciones judiciales tanto durante la fase de instrucción como ulteriormente.
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Según publicó el TSJA, los hechos que se juzgaron corresponden a septiembre de 2023. El procesado, trabajador de un establecimiento cárnico, reconoció tras ser detenido haber asesinado al gerente de la inmobiliaria. El hombre justificó sus actos señalando que responsabilizaba a la víctima de haber causado su ruina económica, después de contraer una deuda con el gerente a través de un préstamo gestionado por la que entonces era su esposa. El día previo al crimen, el acusado tomó un cuchillo de su trabajo, y al día siguiente aguardó la llegada del gerente a la oficina. Cuando el hombre apareció al mediodía, el agresor lo abordó frente al local y lo apuñaló, produciéndole la muerte.
El TSJA detalló que, pese a la gravedad de los hechos, la confesión del acusado se consideró un factor relevante para calificar su grado de responsabilidad penal. El tribunal explicó en su última resolución que la atenuante de confesión se aplicó de manera analógica debido a la disposición del procesado para colaborar tanto en la instrucción del caso como en los efectos prácticos de la investigación posterior, tal como acredita la documentación judicial.
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En relación al cálculo de las indemnizaciones, el TSJA consideró válidas las cuantías fijadas previamente y sostuvo que la argumentación presentada por las partes no ofreció motivos suficientes para modificar los importes establecidos como resarcimiento para los allegados de la víctima. El TSJA recalcó que la sentencia puede ser impugnada mediante recurso de casación, siempre que se presente dentro del plazo legalmente previsto, cinco días a partir de la última notificación judicial.
Según consignó el TSJA, la descripción de los hechos refleja que el acto violento fue planeado con antelación. El autor del asesinato seleccionó el arma el día anterior y se desplazó voluntariamente hasta el lugar donde sabía que podría hallar al gerente. La víctima fue atacada fuera de su lugar de trabajo, sorprendida sin oportunidad de defenderse, un detalle que se incluyó en la tipificación como asesinato con alevosía.
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El medio detalló que el caso generó atención local desde la detención del acusado, dada su confesión inmediata tras ser arrestado, así como la explicación que ofreció sobre los motivos económicos detrás de su actuación. La resolución del TSJA refuerza la validez de la instrucción previa de la Audiencia de Asturias y concluye, salvo impugnación ante el Supremo, el proceso judicial en el ámbito autonómico.
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